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¿Se puede ser administrador de una sociedad sin ser autónomo?

22 de julio de 2024
Administrador de una sociedad sin ser autónomo

El tema de la creación de sociedades es algo complejo por el tema legal y fiscal que puede suponer para los socios y administradores.

¿Puedo ser administrador de una sociedad sin ser autónomo? Pues voy a desvelarte todos los detalles y respuestas a esta pregunta 😉

Qué es el administrador de una sociedad

El administrador de una sociedad es la persona física o jurídica que gestiona y ejecuta las decisiones del día a día en la empresa. También representa a la sociedad durante su actividad y ante terceros.

El cargo de administrador en las sociedades limitadas suele ser por tiempo indefinido. Sin embargo, habrá que estar a lo que haya recogido en los estatutos, que pueden establecer una duración determinada del puesto.

Diferencias entre socio y administrador de una sociedad

Hay que tener claras también las diferencias entre el socio y el administrador de una sociedad. El socio es el propietario de la empresa y el administrador la dirige y la representa frente a terceros y tiene unas obligaciones relacionadas con el puesto.

Es muy común confundirlos pero cada uno tiene un papel diferente. El error puede venir debido a que en ocasiones los dos puestos son ocupados por la misma persona.

Requisitos para ser administrador de una sociedad

Los requisitos para ocupar el puesto de un administrador de la sociedad son:

  • Puede ser persona física o jurídica.
  • Si es una persona jurídica la que ocupa el cargo, tendrá que designar a una persona natural para hacer las funciones del cargo.  
  • Puede o no tener participaciones en la sociedad.
  • No estar incluido en ninguna de las prohibiciones establecidas por la ley.

Si se cambia de representante, el cambio no surte efectos hasta que se designe un nuevo administrador para sustituirlo.

Prohibiciones para ocupar el órgano de administración en una sociedad limitada

Además de cumplir los requisitos que se han desarrollado en el punto anterior, no se podrá ser administrador de una sociedad en los siguientes casos:

  • Menores de edad. Eso sí, que no estén emancipados.
  • Incapacitados judicialmente.
  • Personas inhabilitadas por la Ley Concursal. Esto será así mientras dure el período de inhabilitación que se haya fijado en la sentencia. 
  • Personas que hayan sido condenadas por delitos contra la libertad, el patrimonio, el orden socioeconómico, la seguridad colectiva, la Administración de Justicia o por cualquier otra clase de falsedad.  
  • Cualquiera que tenga un cargo que le impida ejercer el comercio.     
  • Los funcionarios y otros trabajadores públicos tampoco pueden ocupar un órgano de administración en los siguientes casos: que sean funcionarios al servicio de la Administración pública con funciones a su cargo que estén relacionadas con las actividades propias de la empresa que administren. O que sean jueces o magistrados y demás personas que se encuentren afectados directamente por una incompatibilidad legal.

¿Puedo crear una sociedad sin ser autónomo?

Otro aspecto algo controvertido y que genera muchas dudas a la hora de crear una sociedad es si es necesario o no ser autónomo para ser administrador.

Pues la pregunta no tiene una respuesta clara. Depende del objetivo que persigas al crear la sociedad.

Por lo general, no es necesario que te des de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para crear (RETA) una SL, ya que es posible incluir a otras personas en el negocio sin que sean autónomos.

Ahora, tengo que hacer un alto para especificar. Esto será como te acabo de decir si no vas a trabajar en la empresa. En este caso, no tendrás que darle más vueltas.

Pero si vas a trabajar de forma habitual en la empresa, tendrás que tener claro si tienes el control efectivo de la sociedad o no.

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No poseerás el control efectivo de la sociedad cuando:

  • Menos del 50% del capital de la sociedad para la que prestas tus servicios está distribuido entre socios con los que convives o con quienes tengas un vínculo de consanguinidad hasta el segundo grado.
  • Que tu participación en el capital social sea inferior al 33% del mismo.
  • Que tu participación en el capital social sea inferior al 25% del mismo si ejerces funciones de dirección y gerencia de la sociedad.

Teniendo en cuenta estos puntos, ahora ya sabrás si tienes el control efectivo de la empresa o lo vas a tener.

Si vas a tener el control, tendrás que darte de alta como autónomo. Si no vas a tener el control, podrás ser administrador de la sociedad sin ser autónomo.

Como ya has visto, no hay una respuesta única a la pregunta de si se puede ser administrador de una sociedad sin ser autónomo. Hay que tener en cuenta la actividad que se desarrolla y el control que se tiene.

En caso de tener dudas, lo mejor es contar con una asesoría como Openges. El equipo especializado te asesorará sobre lo que tienes que hacer en tu situación concreta y se encargará de todos los trámites.

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