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Darse de alta en Hacienda sin ser autónomo ¿Cuándo es posible?

22 de febrero de 2024
Darse de alta en Hacienda sin ser autónomo

Si te ha surgido una oportunidad profesional o tienes en mente emprender con una idea que te apasiona puede que al mirar los trámites y gastos que tienen los negocios te hayas agobiado un poco o incluso desilusionado.

Si te has planteado si es una opción darse de alta en Hacienda sin ser autónomo para no pagar las cuotas mensuales, debes saber que esto no es tan sencillo.

Cuándo es obligatorio darse de alta en Hacienda

El alta en Hacienda sirve para comunicar a este organismo el inicio de una actividad económica, ya sea profesional o empresarial.

Por tanto, la obligatoriedad de darse de alta en la Agencia Tributaria se da siempre que se vaya a llevar a cabo una actividad. Es decir, cuando se vayan a recibir ingresos por trabajo autónomo, sea en la cuantía que sea, se debe tramitar el alta en Hacienda.

Este trámite se hace mediante la presentación del modelo 036 o 037, que sirve para inscribir la actividad en un epígrafe y comunicar las diferentes obligaciones tributarias. Aquí se indican los datos, como el domicilio fiscal, y también los impuestos que la persona está obligada a presentar, normalmente el IRPF y el IVA.

Por tanto, es obligatorio darse de alta en Hacienda para facturar y también para poder presentar los impuestos relacionados con la actividad.

Cuándo es obligatorio darse de alta en la Seguridad Social

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, también conocido como RETA, es en el que se tienen que incluir todas las personas físicas que realicen una actividad por cuenta propia.

Sin embargo, existen ocasiones en las que, aunque se realice una actividad, no es obligatorio darse de alta en este régimen especial.

Para que sea necesario el trámite de alta, la persona debe ser considerada como trabajador por cuenta propia. La definición de autónomo es la persona que realiza una actividad de forma directa, habitual, personal, lucrativa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona.

Alta autónomos

Si desgranamos esta definición tenemos que la actividad debe tener las siguientes características:

  • Directa y personal. Quiere decir que el trabajador por cuenta propia desarrolle él mismo el trabajo, aunque exista la posibilidad de tener contratado personal.
  • Lucrativa. Realiza una actividad a cambio de una remuneración, un pago.  
  • Por cuenta propia y sin ser dirigido por terceros. Son sus propios medios y organización los que se ponen al servicio de la actividad.  
  • Habitual. Esta característica es la más determinante a la hora de saber si es obligatoria el alta en la Seguridad Social o no lo es. La dificultad está en saber exactamente qué se entiende por habitual, por lo que se acude en muchos casos a los tribunales.  

Los trabajadores de temporada no están exentos de la obligación de incluirse en el RETA, puesto que los periodos de trabajo suelen ser los mismos cada año y eso también se considera habitual. Por tanto, si cumplen el resto de requisitos para ser autónomos, también deberán darse de alta en este régimen especial.

Eso sí, la Seguridad Social establece que si se cuenta con un establecimiento de venta al público, un despacho o un blog con banners o donde se cobre por enlaces de texto o una tienda online, siempre será necesario darse de alta en el RETA.

Entonces, ¿cuándo es posible darse de alta en Hacienda sin ser autónomo?

Como hemos visto, darse de alta en Hacienda a través de los modelos de declaración censal siempre es obligatorio, pero no ocurre lo mismo con el alta en la Seguridad Social.

Existen algunas excepciones en las que una persona puede haber comunicado una actividad empresarial o profesional a la Agencia Tributaria pero no tenga que darse de alta en la Seguridad Social:

  • Trabajos esporádicos. En el apartado anterior he incidido mucho en la importancia de la habitualidad. Esto significa que, si haces un trabajo puntual, tendrás que comunicarlo a Hacienda y pagar los correspondientes impuestos pero no será necesario incluirte en el RETA. Esto es así porque no cumplirías una de las características fundamentales, la habitualidad.
  • Alta en otros regímenes. Los trabajadores autónomos que tengan una actividad que dé lugar a la inclusión en otros regímenes de la Seguridad Social, estarán excluidos de la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.  

Es muy importante que cumplas estrictamente la legalidad y no hagas facturas sin darte de alta como autónomo en la Seguridad Social. Si cumples alguno de estos dos casos, podrás hacerlo. Sin embargo, en el momento en que tu actividad sea habitual o ya no estés de alta en otro régimen deberás incluirte en el RETA inmediatamente.

Las consecuencias de no hacerlo bien no son muy agradables 🙄

Consecuencias de no darse de alta como autónomo

Si no haces las cosas bien, lo más probable es que acaben pillándote y las consecuencias son desastrosas.

Someterán tu actividad a inspección y, si determinan que tenías que haber estado de alta, pueden ocurrir las siguientes cosas:

  • Alta de oficio por parte de la Seguridad Social. La fecha de inicio será la que ellos consideren, según cuando establezcan el inicio de tu actividad. Ni que decir tiene que tendrás que pagar todas las cuotas desde ese momento y sin ningún tipo de bonificación.
  • Recargos. Las cotizaciones con efecto retroactivos tienen un recargo añadido del 20% por haber pagado fuera de plazo los intereses de la deuda.  
  • Sanción. Tras la inspección se determinaría que has cometido una infracción calificada como grave. Esto conlleva el pago de un importe que varía entre los 300 y los 3.000 euros.  

Imagino que este panorama no te resulta muy apetecible, por lo que lo mejor es que tramites tu alta en Hacienda y la Seguridad Social correctamente y así evitarás problemas.

Si sigues teniendo dudas sobre si estás obligado o no, lo mejor es que consultes con una asesoría profesional como Openges. Y también es recomendable encargar a personal especializado todos los trámites y gestiones relacionadas con estos organismos para evitar sanciones y recargos.

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