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Baja por maternidad Autónomas | ¿Cuánto vas a cobrar?

23 de diciembre de 2024
Baja maternidad autónomas

Las prestaciones suelen generar dudas y estrés, pero en el caso de la baja por maternidad para autónomas, mucho más. Y las que han pasado por el trámite lo saben... 

Por eso vamos a explicarte qué es la baja por maternidad para autónomas, cómo solicitarla y cuánto vas a cobrar, para que no tengas que preocuparte más que por el futuro bebé 🍼

Qué es la baja por maternidad

La baja por maternidad es una prestación económica que tiene como principal finalidad cubrir la pérdida de los ingresos que ocurren cuando los trabajadores interrumpen su actividad y para poder disfrutar de los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento familiar, preadoptivo o permanente y tutela.

La baja por maternidad en España es un derecho que se encuentra recogido en la legislación laboral de la que se pueden beneficiar los trabajadores por cuenta ajena, y también los trabajadores por cuenta propia.

Requisitos para solicitar la baja por maternidad

Para poder pedirte la baja por maternidad debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar dada de alta en la Seguridad Social o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • No tener deudas con la Seguridad Social, es decir, haber pagado todas las cuotas de autónomos.
  • Cumplir con el tiempo mínimo cotizado, según tu edad:
    • Con más de 26 años. Se tiene que haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 7 años; o 360 días en toda la vida laboral.
    • Entre 21 y 26 años. Deberás de haber cotizado un mínimo de 90 días en los últimos 7 años; o 180 días en toda la vida laboral.
    • Con menos de 21 años. No se exige periodo mínimo de cotización.

Si cumples con estos requisitos estas de enhorabuena, porque podrás disfrutar de la prestación sin problemas, por lo que el siguiente paso es solicitarla. 

Cómo solicitar la baja por maternidad para autónomas

La solicitud de la baja por maternidad para autónomas debe realizarse en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Tendrás que reunir para presentar la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Informe médico del parto.
  • Libro de familia o certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil.
  • Declaración de situación de actividad como trabajadora por cuenta propia.

Dicha documentación se puede presentar por dos vías:

  • Internet. Deberás acceder al portal Tu Seguridad Social. Para eso hay que utilizar un certificado digital o DNI electrónico.
  • Presencial. Acudir a las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para ello, tienes que solicitar cita previa a través de su página web, en el teléfono 901 106 570 o con la App Cita Previa.

👉 ¡Muy importante! Recuerda que para cobrar la prestación por maternidad tienes que solicitarla dentro de los 15 días posteriores al parto, adopción o acogimiento familiar.

Cuánto se cobra durante la baja por maternidad

Existen diferentes prestaciones que pueden cobrarse durante el período de maternidad. Entre los requisitos para cobrar cualquiera de ellas está siempre el de estar de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta, como por ejemplo en desempleo o de baja por enfermedad.

En el caso de la prestación por maternidad, es necesario cumplir con una cotización mínima, como hemos visto antes.

En cuanto al importe a cobrar durante la baja por maternidad, ésta dependerá de la base reguladora del trabajador. Es decir, dependerá de tu base de cotización, la cual corresponde al 100% de la base reguladora del mes anterior al inicio de la baja.

En caso de no cumplir con el período mínimo de cotización necesarias para cobrarlo, se tiene derecho a un subsidio por maternidad que se corresponde con 1,5 veces el IPREM diario.

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Cuánto dura la baja por maternidad

La baja por maternidad se puede iniciar durante el embarazo o después del parto.

La duración total es de 16 semanas, de las que un mínimo de 6 deben cogerse de forma obligatoria tras el parto.

Por Ley, las 6 semanas obligatorias después del parto deben ser disfrutadas por la madre a tiempo completo. Sin embargo, las 10 restantes pueden convertirse en 20 si las madres utilizan la baja a tiempo parcial.

Casos de ampliación de la baja por maternidad

Aunque la duración habitual es de 16 semanas, la baja por maternidad se puede ampliar en los siguientes casos:

  • Parto múltiple. Se amplía dos semanas más por cada hijo, a partir del segundo. Esto quiere decir que se aumenta hasta las 18 semanas si son gemelos, 20 si son trillizos y así sucesivamente.
  • Adopción internacional. En este caso, existen supuestos y ampliaciones diferentes:
    • Si el niño adoptado es menor de 6 años, el período de descanso será de 16 semanas ampliable dos semanas más por cada hijo si hubiera adopción múltiple. No hay obligación de 6 semanas para la madre, al no haber parto.
    • Si los padres se tienen que desplazar al país de origen del niño, la Ley permite que la baja se inicie cuatro semanas antes de la adopción, siendo el total de la baja de 20 semanas.
    • Acogimiento múltiple. Se aplica la misma norma que para el caso del parto múltiple.
    • Discapacidad. La baja por maternidad se amplía en dos semanas más para los supuestos de discapacidad del hijo, tanto si es producto de parto natural como si se trata de un menor adoptado o acogido.
    • Hospitalización del recién nacido. Se puede ampliar el permiso de maternidad durante el tiempo que el bebé tenga que permanecer en el hospital en caso de enfermedad y hasta un máximo de 13 semanas en los casos de parto prematuro y en recién nacidos que precisen hospitalización superior a 7 días a continuación del parto.

Aunque es una situación dolorosa, hay que plantearse qué ocurriría en caso de fallecimiento del bebé; la madre podrá continuar con el permiso de maternidad por parto hasta finalizar las 16 semanas.

Y sí, la duración de la baja por maternidad para autónomas es la misma que la de los trabajadores por cuenta ajena.

Cómo reclamar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad

Si te has preguntado…¿Puedo reclamar el IRPF por maternidad? Te explico cómo hacerlo.

Para solicitar la devolución del IRPF por maternidad, puedes hacerlo desde la misma página web de la Agencia Tributaria.

Accede al apartado Prestación por maternidad y paternidad y acredita tu identidad a través de cualquiera de estas opciones:

  • Sistema Reno. Para utilizarlo es necesario el número de referencia de la declaración de IRPF de 2017.
  • Clave PIN. Se puede obtener en la web de la AEAT. Tienes que introducir el NIF, la fecha de caducidad y una contraseña de cuatro caracteres. Con esto, recibirás un PIN  de tres dígitos que te dará acceso junto a la contraseña.
  • Certificado electrónico. Se emite por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y se instala en el ordenador. Con él, podrás realizar diferentes trámites oficiales, también los de la Agencia Tributaria.

Si no te van las tecnologías podrás reclamar de manera presencial, presentando el formulario oficial completado en una oficina de la Agencia Tributaria.

Quién puede reclamar la devolución del IRPF

La devolución del IRPF se puede reclamar por parte de las madres y padres que tributaron por el IRPF en las prestaciones de maternidad y paternidad.

Hay que tener en cuenta que estas prestaciones no tributan, salvo en caso de que se solicite. Esto quiere decir que se puede solicitar por parte de las madres y los padres que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de años anteriores.

Tener un bebé es un proceso lleno de incertidumbre y trámites un poco complicados, y aunque la prestación sea muy beneficiosa puede ser un rollo encargarse de ella, sobre todo cuando tienes la mente en otra parte... 👶

Para poder quedarte tranquila en cuanto al trabajo se refiere, qué mejor que acudir a asesores expertos como los de Openges, que podrán encargarse de todas las gestiones de papeleo mientras disfrutas de este precioso momento  🥰

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