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Desde el primer día, muchos autónomos se hacen la misma pregunta: ¿cuándo se paga el IVA? Y no es para menos, porque gestionar bien este impuesto es clave para la salud financiera del negocio.
Tener claro cuánto y cuándo hay que pagar a la Agencia Tributaria evitará sustos y problemas de liquidez. Así que, vamos a meternos de lleno en el mundo del IVA para que no te pille desprevenido 😉
Empezamos por lo más básico para hacer un repaso rápido antes de poner sobre la mesa la cuestión principal.
El Impuesto sobre el Valor Añadido es una carga fiscal que se hace sobre el consumo. Es decir, es un impuesto regresivo que se aplica en muchos países y en la mayoría de los que pertenecen a la Unión Europea y que financia el consumidor.
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, que se genera por la compra de bienes o servicios profesionales.
En España existen distintos tipos de IVA bien diferenciados. Se aplica uno u otro en función de los productos o servicios que se estén comprando.
Así, tenemos tres tipos diferentes:
Aunque haya diferentes tipos de IVA en función del producto, también hay algunas operaciones a las que no se aplica ninguno de ellos. Son las denominadas operaciones exentas de IVA.
Las operaciones exentas son las siguientes:
Para los obligados a ingresar el IVA, es muy importante conocer los plazos para cumplirlos y no tener que pagar recargos y sanciones por hacerlo fuera del período establecido.
Es distinto en función del tipo de liquidación del que se trate:
En caso de que el último día de presentación de la autoliquidación de IVA sea inhábil, incluyendo los sábados, la fecha límite de presentación se traslada al día hábil inmediato posterior.
Ya sabemos que la mayoría de operaciones llevan IVA, pero… ¿quién es realmente el encargado de pagar este impuesto?
El IVA es un impuesto indirecto que recae sobre todos los que compramos bienes o servicios. Es decir, lo paga el consumidor final (sí, de ahí vienen muchas quejas). Pero aquí viene la parte curiosa: aunque el dinero sale del bolsillo del cliente, son los empresarios y autónomos quienes tienen que ingresarlo en Hacienda. En otras palabras, tú lo cobras, pero no es tuyo… solo haces de intermediario. 😅
A la hora de cumplir con el IVA, hay dos modelos clave: el modelo 303 y el 390. Pero ojo, solo el modelo 303 es el que implica un pago… y solo si el resultado sale a ingresar.
Para presentarlo, toca hacerlo online con un certificado digital, DNI electrónico o el sistema Cl@ve. Si eres ciudadano de la UE con un identificador español, también puedes usar la identificación digital eIDAS.
En cuanto al pago, tienes varias opciones: domiciliación bancaria, tarjeta o NRC (Número de Referencia Completo) del banco. Pero atención: si eliges la domiciliación, el plazo es más corto, y si pagas fuera de plazo, el NRC será tu única opción. ¡No te despistes con las fechas!
Espero que ahora tengas claro cuándo, quién y cómo se paga el IVA. Aunque no parece complicado, hay muchos detalles a tener en cuenta: los tipos de IVA, las fechas de pago, las actividades exentas… y un largo etcétera.
Si te quedan dudas sobre este o cualquier otro impuesto de tu negocio, lo mejor es dejarlo en manos de profesionales. En Openges se encargarán de todos los trámites y gestiones para que tú solo te preocupes de lo importante: hacer crecer tu negocio sin sorpresas de Hacienda 😉