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Si vas a abrir una empresa, una de las cosas que más suele preocupar es cuánto cuesta contratar a un trabajador.
Y es que en la mayoría de los negocios hace falta tener personal que preste sus servicios para que todo funcione. Pero esto tiene un coste.
Vamos a verlo todo.
Para responder a esta pregunta debemos pensar en dos situaciones, ya que contratar a alguien implica dos partidas de coste. Por un lado, el sueldo bruto del trabajador, y por el otro, la cotización a la Seguridad Social.
No te preocupes que te lo voy a explicar poco a poco.
El sueldo bruto se recoge en el convenio colectivo aplicable y viene determinado por la categoría profesional del trabajador.
El sueldo bruto está formado por:
La principal diferencia entre las dos es que las percepciones salariales cotizan en la Seguridad Social y las extrasalariales no lo hacen.
Algo importante que debes saber. Como autónomo o empresa no puedes pagar a un trabajador lo que tú quieras, si no que debes tener en cuenta lo que esté establecido en el convenio colectivo de tu sector, Comunidad Autónoma o provincia para su categoría profesional.
Eso sí, puedes pactar con los trabajadores un salario superior al establecido, según su formación, experiencia y la competencia del mercado laboral.
Las horas extraordinarias y las que se desarrollan en fin de semana o festivo también se pagan más. Además, debes comprobar si es obligatorio el pago del plus de transporte.
Mucha gente no entiende la diferencia entre sueldo bruto y neto. Sobre todo a los trabajadores, lo que suele interesarles es el dinero que van a cobrar.
Para negociar con ellos te interesa calcular el sueldo neto y hablar en estos términos para que todo esté más claro.
Una vez que tengas el sueldo bruto total, debes deducir de él en la nómina mensualmente en concepto de Seguridad Social:
En total supone un 6,35% del sueldo bruto.
Aparte de todo lo que tiene que ver con la cotización, también hay que restarle la retención del IRPF. Este es un porcentaje variable que depende de los ingresos y de la situación personal y familiar del trabajador. Tendrás que ingresarlo en Hacienda trimestralmente como anticipo del IRPF a cuenta del trabajador. A modo orientativo puede oscilar entre el 4% para un sueldo bruto de 1.100 euros, al 13% para 2.000 euros, o el 20% o más para 3.000 euros brutos.
Además del sueldo bruto de cada trabajador, la empresa o autónomo también tiene que hacerse cargo de la Seguridad Social.
Muchas empresas se preguntan cuánto cuesta dar de alta a un trabajador, y realmente no cuesta nada. Sin embargo, el hecho de dar de alta al trabajador implica la obligación de pagar mes a mes los seguros sociales.
Este importe está compuesto por:
Toda contratación tiene un coste. Sin embargo, va a depender de distintos elementos que tienen relación directa con el trabajador y su contrato.
El tipo de contrato puede hacer variar algunas condiciones y también hace diferente el porcentaje de cotización.
Un caso muy llamativo es el contrato de alta dirección. Tiene unas condiciones muy distintas al resto de contratos.
En cuanto al principal gasto que se genera al contratar personal, la Seguridad Social, también es distinta en función del tipo de contrato que se formalice.
En el caso de los contratos indefinidos, el porcentaje que habrá que pagar es del 5,50% y para los contratos temporales el porcentaje es de 6,70%.
Las cotizaciones de los trabajadores también son distintas en uno y otro caso. Concretamente, el porcentaje de desempleo cambia en función de si el contrato es temporal o indefinido.
Cuando el contrato es indefinido, el porcentaje es del 1,55% y en los contratos temporales ese porcentaje sube hasta el 1,60%.
Por tanto, tanto para empresa como para trabajador el porcentaje de cotización es inferior cuando se hacen contratos indefinidos.
Los convenios colectivos son los que recogen todas las condiciones que se le deben aplicar a los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación. Entre ellas se encuentra el salario y si existe alguna particularidad en cuanto a la cotización o mejoras en las prestaciones.
Es por ello que, dependiendo del convenio en el que estén incluidos los trabajadores, los costes pueden ser mayores o menores.
La categoría profesional es lo que fija el salario que va a cobrar el trabajador. Así que es uno de los elementos determinantes en cuanto a los costes de contratación.
Los costes de contratación van a variar de forma importante en función de las horas que trabaje el empleado. Tanto el salario como la cotización serán diferentes si la jornada del trabajador son 20 horas semanales o 40.
Algo que puede ayudar a paliar un poco los costes de contratación de los trabajadores son las bonificaciones de las que pueden beneficiarse autónomos y empresas.
Aquí existe una diferencia importante entre la contratación indefinida y la temporal.
Puedes tener la posibilidad de conseguir bonificaciones y reducciones en las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de trabajadores indefinidos.
Tanto la contratación inicial como la conversión de temporales a indefinidos pueden hacer que consigas unas bonificaciones y reducciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social. Estas ayudas a veces consisten en un importe anual fijado o es un porcentaje de ellas durante una parte de la duración del contrato o todo él.
Para poder acogerse a las bonificaciones es necesario cumplir una serie de requisitos, tanto generales como específicos, que tienen que ver con estar al corriente de pago en la Seguridad Social o pertenecer a algún colectivo:
La cosa no cambia por ser autónomo, lo siento si esperabas otra cosa. Todos los contratos deberán de pagar el seguro social y la nómina del empleado, que podría variar dependiendo del convenio del trabajador y del tipo de contrato, tal y como hemos visto antes.
Eso sí, si eres autónomo y quieres contratar trabajadores deberás inscribirte como empresario en la Seguridad Social y solicitar un CCC (Código de Cuenta de Cotización).
Además. deberás tener en cuenta que existe un límite de contratación si estás tributando en el régimen de módulos. En ese caso, podrás contratar desde 2 hasta 10 empleados, dependiendo de la actividad que lleves a cabo.
Como siempre, todo se ve mejor con un ejemplo. 😉
Si se contrata a jornada completa por tiempo indefinido a una mujer de 20 años que pertenece al convenio colectivo de Oficinas y Despachos de Sevilla, los conceptos salariales que tendrá en su nómina serán:
Total salario bruto: 1.222,03 euros.
En el apartado de deducciones aparecerá:
○ Contingencias comunes: 57,44 euros.
○ Formación: 1,22 euros.
○ Desempleo: 18,94 euros.
○ Total: 77,60 euros.
Líquido nómina: 1.222,03 – 138,70 euros= 1.083,33 euros.
Veamos los seguros sociales de la empresa:
Total: 383,59 euros
Espero que ahora ya tengas claro cuánto cuesta contratar a un trabajador. Aunque puede haber importantes variaciones, los números hablan por sí mismos.
Te aconsejamos que te asesores siempre bien antes de dar el paso a contratar, por si pudieras beneficiarte de alguna ayuda o subvención. Y también que cuentes con profesionales que hagan todos los trámites y gestiones correctamente, como los expertos de Openges. 😎