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Cuando un autónomo quiere facturar al extranjero empiezan a surgirle las dudas, ¿cómo hago para facturar al extranjero desde España? ¿Cómo facturar un servicio al extranjero?
Como sabemos que esto puede ser un lío, te vamos a dejar todo muy bien explicado. 😊
A la hora de emitir una factura al extranjero desde España hay que distinguir si el cliente se encuentra en un país de la Unión Europea o fuera de ella. Pero, ojo, también puede ser distinto si es un cliente particular o una empresa.
Los clientes de la Unión Europea son aquéllos tienen su residencia o sede social en alguno de los países que pertenecen a Europa.
Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta en este tipo de facturas es el tratamiento del IVA. En este sentido pueden darse dos situaciones diferentes:
Todas las facturas, también las que se emitan sin IVA, deben ser incluidas en los modelos que hay que presentar relacionados con este impuesto, el 303 trimestral, el 390 resumen anual y el 349 de operaciones intracomunitarias.
Aunque hemos visto los aspectos más importantes que tienen todas las facturas emitidas a clientes de la Unión Europea, existen diferencias entre la facturación a empresas o profesionales intracomunitarios y la que se hace a particulares.
Cuando se emite una factura a un cliente que no es empresa, el IVA se aplicará de una forma u otra en función del tipo de operación que haya dado lugar a la factura:
En la facturación a empresas y profesionales que tengan su sede en algún país de la Unión Europea no existe distinción en cuanto a tipo de operación a la hora de la aplicación del IVA. Se aplica la inversión del sujeto pasivo.
En este caso, todas las facturas estarán exentas de IVA, siempre que empresa y cliente estén dados de alta en el ROI. Si uno de los dos o los dos no están registrados, habrá que incluir el IVA.
En cuanto a la regulación, la normativa que se aplica es la misma que para las ventas nacionales.
Existe una excepción y son los servicios regulados por el artículo 70 de la Ley del IVA, como los relacionados con inmuebles, transporte, restauración, etc. Estos servicios se entenderán prestados en el territorio de aplicación del impuesto.
Debes tener en cuenta que, las facturas que se emiten por prestación de servicios profesionales a empresas de la Unión Europea no tributan el IVA, siempre y cuando el proveedor y el cliente figuren en el ROI como operadores comunitarios.
Por eso, será el empresario o profesional comunitario receptor el que tendrá que tributar el impuesto de su país.
Cuando exista una prestación de servicios a profesionales y empresas intracomunitarios, las obligaciones tributarias serán la presentación del jmodelo 349 (operaciones intracomunitarias), el modelo 303 (IVA), y el resumen anual del modelo 390.
La inversión del sujeto pasivo también se da en el caso de las entregas intracomunitarias de bienes o productos. Salvo excepciones, también debes emitir la factura sin IVA ya que el impuesto tributa en el lugar de destino.
Los modelos fiscales que debes presentar ante Hacienda también son los mismos que en el caso de prestación de servicios.
Las facturas que se emiten a clientes que no tienen sede en un país de la Unión Europea se consideran exportaciones.
Aquí también hay que tener en cuenta el tipo de cliente al que se hace la factura y el tipo de operación:
Para las exportaciones de bienes es necesario indicar en la factura emitida una nota en la que se haga referencia a dicho artículo. Además, hay que guardar la factura de transporte y el DUA de exportación.
Cuando se hace este tipo de factura de exportación a un cliente de fuera de la Unión Europea, al tratarse de una exportación exenta de IVA, no será necesario incluirla en el modelo 349. Sí que es necesario incluirlo en el apartado de información adicional del modelo 303.
Es importante tener en cuenta que si vendes a Canarias, la tributación será igual que la de una exportación.
Cualquiera que venda sus productos o preste sus servicios a una empresa extranjera puede facturar desde España.
Entre los requisitos para ello se encuentran:
Para darse de alta en el ROI hay que hacer un trámite que se realiza en la Agencia Tributaria en el modelo 036. Con él se obtiene un NIF intracomunitario de IVA que permite facturar a las empresas que se ubiquen en la Unión Europea.
Ya has visto que la aplicación o no del IVA depende de varios factores. Pero también hay profesionales que aplican retenciones en sus facturas.
En el IRPF está claro, no se aplican retenciones en las facturas a clientes que tengan su sede en la Unión Europea ni a los de fuera de ella.
Ahora ya sabes todos los detalles que hay que tener en cuenta para facturar al extranjero. Lo principal a efectos del IVA es tener en cuenta el tipo de operación y si se hace con una empresa de la Unión Europea o es una exportación. El IRPF no se incluye en ningún caso.
Si las asesorías son útiles en el caso de empresas que facturan en España, lo son aún más cuando emiten facturas al extranjero. Openges puede ayudarte con todos los trámites y dudas relacionadas con la facturación y otras gestiones de tu negocio.