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Pensar en la jubilación siendo autónomo es una de las motivaciones que te hacen trabajar más duro en el día a día, y el motivo principal por el que muchos trabajadores por cuenta propia como tú deciden escoger una base de cotización más alta.
La pensión de jubilación es lo que te quedará en el futuro y la que te ayudará a vivir la vida, viajar, disfrutar de los nietos, echar de comer a las palomas o dedicar tiempo a tus hobbies.
Sin embargo, son muchos los autónomos que se preocupan por este aspecto. ¿Cómo funciona la jubilación de los autónomos?, ¿es similar a la de un trabajador por cuenta ajena?, si he cotizado en ambas, ¿puedo solicitar las dos, se suman o cómo se hace? son algunas de las preguntas más repetidas.
Si a ti también te rondan las mismas dudas en la cabeza, estás en el post adecuado. ¡Sígueme y despéjalas todas!
Esta es una de las preguntas que mayor incertidumbre genera, y la realidad es que no tiene nada de especial.
Al igual que con cualquier otra prestación pública, tu pensión dependerá de dos factores clave: tu base de cotización a la Seguridad Social y los años que hayas cotizado.
Para que lo entiendas de forma sencilla, la cantidad que pagas en cuotas de autónomo cada mes y el tiempo total que has estado cotizando determinarán el monto de tu pensión como autónomo. Estos dos puntos son fundamentales para calcular cuánto recibirás cuando te jubiles.
Si estás pensando en jubilarte antes de la edad establecida, debes tener en cuenta que hay un requisito imprescindible: cumplir con la edad mínima establecida para la jubilación.
Recuerda que, tanto el monto de tu base de cotización como los años cotizados, son los pilares fundamentales para asegurar una pensión de jubilación adecuada como autónomo.
Vayamos a lo realmente importante: los requisitos para acceder a la jubilación como autónomo. En líneas generales, tienes que cumplir con los tres requisitos básicos:
Pero ojo, ten en cuenta que, al igual que en la jubilación por cuenta ajena, que superes los 15 años cotizados no te asegura tener una pensión lo suficientemente alta, ya que no la recibirás al completo.
Pues bien, para poder acceder a la prestación por jubilación al completo tendrás dos opciones de jubilación:
👉🏻 Importante: Ten en cuenta que, aunque cumplas con los requisitos, eso no significa que obtengas una prestación suficiente como para vivir holgadamente. Todo dependerá de las bases que hayas aplicado.
Sí, puedes solicitar la jubilación anticipada a los 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses cotizados. También puedes acceder a ella a los 63 años en caso de haber cotizado más de 37 años y 9 meses.
Eso sí, ten en cuenta que la jubilación anticipada conlleva una penalización, por lo que te conviene estudiar adecuadamente si te conviene o no.
Para que lo entiendas mejor, te pongo un ejemplo:
Imaginemos que tienes 63 años y estás considerando la jubilación anticipada. En marzo cumples 63 años, pero tienes menos de 38 años y 6 meses cotizados. Si te jubilas en ese momento, recibirías una penalización del 21% sobre el importe de tu pensión.
Pero aquí viene el truco: si esperas cinco meses más y te jubilas en julio (20 meses antes de la edad legal de jubilación), la penalización se reduciría hasta en 10 puntos, es decir, tendrías un coeficiente reductor del 11% en lugar del 21%.
Recuerda que los años cotizados son clave. Veamos los tramos que establece la tabla y cómo afectan a tu pensión:
Recuerda que analizar bien tus años cotizados y la penalización correspondiente te ayudará a tomar una decisión informada sobre cuándo jubilarte anticipadamente y maximizar tu pensión como autónomo.
A diferencia de los trabajadores asalariados, los autónomos no tienen una nómina que desglose las cotizaciones mensuales. Sin embargo, mes a mes, pagas una cuota de autónomo que depende de tu base de cotización.
Cuando consultas tus recibos de autónomo, puedes ver cómo se desglosan estas cotizaciones, incluyendo las contingencias comunes y profesionales. Es importante entender este desglose porque te ayudará a calcular tu futura pensión de jubilación.
Aquí viene el truco: muchos autónomos siguen una estrategia para aumentar su base de cotización durante los últimos 15 años de su vida laboral. ¿Por qué? Pues muy fácil. La Seguridad Social solo tiene en cuenta estos últimos años a la hora de calcular la pensión.
Es como si fueran los más importantes. Aumentar tu cotización en este periodo puede marcar una gran diferencia, ya que incluso podría permitirte solicitar la jubilación anticipada.
Ahora que ya conoces este truco, te enseño cómo calcular la pensión por jubilación.
Para obtener el importe deberás realizar una serie de cuentas muy complejas y, como ni yo soy profesor de matemáticas, ni tú te vas a poner a hacer cálculos interminables, te dejo un excel que lo calculará por ti. ¡De nada!
Ahora bien, si estás cerca de tu jubilación y quieres obtener un dato más exacto y real, también puedes acudir a una oficina de la Seguridad Social para que la calculen. Eso sí, deberás pedir cita previa.
Antes de continuar, te dejo un dato sobre las bases de cotización y la importancia que tiene elegir la adecuada:
El 1 de julio de 2022 había más de 1,9 millones de trabajadores autónomos que cobraban una pensión media de 750,97 euros al mes. Esto suponía 444 euros menos que la pensión media que percibían los más de 7,3 millones de trabajadores del Régimen General.
Sí, es posible tener derecho a dos pensiones de jubilación si has cotizado al Régimen General y al Especial de Trabajadores Autónomos. Para ello, se deben haber cotizado como mínimo 15 años en cada uno de los regímenes y, además, al menos dos de ellos deben haberse producido en los 15 años previos a la jubilación.
Eso sí, ten en cuenta que puede conllevar una serie de reducciones que limitan los ingresos que recibirás de ambas pensiones.
En España, cuando has cotizado tanto como autónomo como por cuenta ajena durante el mismo período de tiempo, no se suman los años cotizados, sino que se aplican reglas específicas para determinar la pensión de jubilación.
De este modo, se establece un sistema de cálculo específico llamado “pluriactividad” para aquellos que han cotizado en ambos regímenes. En este sistema, se considera la suma de las bases de cotización en ambos regímenes y se aplica una fórmula particular para calcular la pensión, teniendo en cuenta el tiempo cotizado en cada régimen.
Sí, se puede compatibilizar la pensión por jubilación como autónomo con seguir trabajando. Esta medida se aprobó en el Decreto-Ley para favorecer la vida laboral de los trabajadores mayores y promover un envejecimiento activo.
Ahora puedes combinar tu actividad como autónomo con el cobro del 50% de tu pensión. A esto se le conoce como “pensionista activo”, y aunque ya era común en muchos países europeos, ¡en España es una novedad!
Antes, solo los trabajadores asalariados a tiempo parcial, y que no superaban el Salario Mínimo Interprofesional, podían hacerlo. Sin embargo, ahora esta posibilidad se extiende tanto a asalariados como a autónomos.
Para poder hacerlo, debes haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria y tener derecho a recibir una pensión completa. Es decir, el porcentaje aplicable a tu base reguladora será del 100%.
Ten en cuenta que esta opción no está disponible para jubilaciones anticipadas o bonificadas. Si deseas obtener más información sobre esto, te recomiendo que acudas a Openges, encontrarás un equipo de asesores deseando ayudarte.
Un aspecto importante es que, al elegir esta modalidad, recibirás el 50% de tu pensión según el importe inicial reconocido. Una vez que finalices tu contrato o actividad y te jubiles definitivamente, recibirás el 100% de tu pensión junto con el complemento mínimo al que tengas derecho. Es una buena opción, ¿no?
La conocida como jubilación activa, conlleva una exoneración de cuota. Te explico:
Si decides cotizar por contingencias comunes, tendrás que aplicar un tipo de cotización del 3,30%. En el caso de cotizar por contingencias profesionales o cese de actividad, el tipo de cotización será del 2,80%, y se puede ajustar según la actividad que realices según el CNAE.
Puedes hacerlo tú mismo desde la Sede electrónica de la Seguridad Social. Lo primero de todo, es acceder a la Sede Electrónica.
Una vez dentro, deberás pulsar en Ciudadanos y elegir la opción Pensiones. Encontrarás varios trámites, pero tú solo deberás pulsar en Jubilación Nacional.
Se te redirigirá a una nueva pantalla a la que tendrás que acceder. Para poder entrar necesitarás un DNI electrónico (y un lector de tarjeta), certificado digital o sistema Cl@ve.
Cuando inicies el proceso, tus datos personales se cargarán automáticamente en “Tu Seguridad Social”.
Para completar el formulario, deberás proporcionar todos los datos personales de manera precisa. Asegúrate de ingresar correctamente tu nombre, número de DNI y número de afiliación a la seguridad social.
Además, deberás indicar la cantidad de personas que hay a tu cargo, tanto hijos como otros familiares y los datos laborales como el último día en el que has cotizado.
Otro aspecto interesante es que tendrás la oportunidad de elegir el porcentaje de IRPF que deseas que se aplique a tu pensión cada mes. Es importante destacar que esta cantidad puede ser posteriormente ajustada en la declaración de la Renta.
Una vez que hayas terminado de rellenar todos los campos, y envíes la solicitud, se iniciará el procedimiento administrativo en la Tesorería General de la Seguridad Social. Este proceso puede llevar varias semanas, pero lo habitual es que se conceda antes de transcurrido un mes.
👉🏻 Importante: ten en cuenta que si tienes menos de 52 años no podrás iniciar el trámite y el sistema te lo indicará antes de que comiences.
Como ves, puede resultar un proceso complejo y, un fallo en la solicitud, puede provocarte más de un dolor de cabeza.
Mi recomendación es que, para solicitar este tipo de trámites, lo mejor es acudir a Openges y tener la tranquilidad de que todo se hará a la perfección. ¿Te vas a jugar tu futuro después de haber trabajado tan duro durante años?