No dudes, te lo contamos todo
Puedes informarte sin compromiso. Resolvemos cualquier duda o consulta que tengas. Nuestro equipo de expertos te atiende.
Horario atención telefónica:
LUNES A JUEVES de 9:00 a 18:00
VIERNES de 9:00 a 14:00
Llámanos gratis
900 730 037
Rellena este formulario, nos pondremos en contacto contigo en menos de 24h.
La finalidad de la recogida de sus datos es para poder atender su solicitud de información, sin cederlos a terceros, siendo responsable del tratamiento OpenGes, Servicios Integrales de Asesoramiento SL. La legitimación se basa en su propio consentimiento, teniendo usted derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la Política de Privacidad.
Horario atención telefónica:
LUNES A JUEVES de 9:00 a 18:00
VIERNES de 9:00 a 14:00
Llámanos gratis
900 730 037
Tabla de contenidos
La capitalización del paro, más conocida como pago único del paro, es una medida dirigida a los beneficiarios de la prestación por desempleo.
Consiste en el cobro de todo el importe de la prestación que esté pendiente de recibir. Tiene el objetivo de impulsar el emprendimiento, ayudando con los gastos iniciales.
Pero con el dinero recibido no se puede hacer cualquier cosa. Pagarse unas buenas vacaciones no está contemplado entre los supuestos de la capitalización del desempleo. 😝
Como ya te he adelantado, no todo vale. Tendrás que justificar en qué has invertido el dinero tras conseguir el pago único del paro.
Según la actividad que se prevea realizar tendrás unas opciones u otras para invertirlo.
Puedes obtener hasta el 100% de la prestación por desempleo que te falte por percibir.
La solicitud incluirá la cantidad que puedas justificar como inversión para el desarrollo de la actividad. Entre otros podrás contar con los gastos de puesta en funcionamiento y con las cargas tributarias.
Del importe solicitado podrás destinar hasta el 15% de la cuantía del pago único de la prestación a pagar servicios de asesoramiento, formación e información que tengan relación directa con la actividad a emprender.
Si no vas a recibir toda la prestación en un solo pago, puedes solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante para pagar la cotización a la Seguridad Social.
También tienes la opción de solicitar y obtener solamente el abono mensual de toda la prestación que te quede por percibir para subvencionar su cotización a la Seguridad Social.
Si vas a tener el control efectivo de una sociedad mercantil a través de la que vas a realizar una actividad económica podrás solicitar el pago único siempre que la empresa sea de nueva creación.
Si te das de alta como autónomo podrás solicitar hasta el 100% del importe de la prestación que te quede por percibir.
Esta cuantía tendrá que destinarse a realizar una aportación al capital social de la sociedad, así como para hacer frente a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de la misma y al pago de las tasas y tributos correspondientes.
Además, podrás utilizar hasta el 15% de la cuantía para pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.
Entre los gastos de puesta en funcionamiento pueden incluirse:
Puedes recibir hasta el 100% de la prestación que te quede por cobrar.
La podrás utilizar para el pago de la cuota de ingreso y para la aportaciones tanto obligatoria como voluntaria al capital de la cooperativa.
Puedes hacer frente con el pago único a los gastos de puesta en funcionamiento de la misma.
Eso sí, debes tener en cuenta que sólo puedes obtener como pago único la cantidad que hayas desembolsado, sin contar con futuros desembolsos ni pagos aplazados.
También podrás utilizar hasta el 15% del importe de la prestación para pagar servicios de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad que se va a poner en marcha.
Se puede pedir hasta el 100% de la prestación que tengas pendiente.
Puedes utilizarlo para comprar acciones o participaciones de la sociedad laboral en la que vayas a trabajar o para pagar los gastos de constitución y puesta en funcionamiento. No se puede usar para financiar pagos aplazados o futuros.
También puedes utilizar hasta el 15% del importe del pago único de la prestación para pagar servicios asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad que vas a iniciar.
Para utilizar el pago único del paro como te he explicado es necesario justificar que estás invirtiendo el dinero en eso.
Dependiendo de la situación, la forma de justificar será diferente.
Será necesario presentar todo tipo de documentos contables, como facturas, escrituras o recibos de alquiler. Además, también habrá que presentar el justificante de los pagos realizados mediante tarjeta bancaria a nombre del beneficiario, o de las transferencias bancarias o ingresos en efectivo en entidad financiera. El resto de cantidades que se paguen de otros modos no se tendrán en cuenta.
Se justifican a través de una certificación del depósito que se hace a nombre de la sociedad, en la entidad de crédito que la notaría haya incorporado a la escritura de constitución o de ejecución del aumento del capital social. En la certificación deben aparecer las aportaciones realizadas por cada socio y las aportaciones no dinerarias, así como la valoración en euros que tengan.
El dinero aportado voluntariamente a una cooperativa se acredita mediante una certificación de su órgano de gobierno y el compromiso que ha adquirido la persona trabajadora en la cooperativa para mantener la aportación durante un mínimo de tiempo igual al que se hubiera percibido la prestación contributiva mes a mes.
Se tendrá que aportar un contrato firmado por las dos partes, en las que se identifiquen completamente. En él debe aparecer el objeto de la compraventa, el precio y un documento en el que se acredite el pago al vendedor.
Además, el SEPE podrá solicitar cualquier otro tipo de documentación que justifique la inversión del pago único del paro.
Como ya te he explicado, es necesario justificar adecuadamente en qué se ha invertido el dinero del pago único del paro.
En caso de no haber justificación suficiente, el SEPE podrá reclamarte la cantidad que hayas cobrado.
Esto suele suceder en los siguientes casos:
Cuando utilizas la prestación por desempleo en pago único para otros fines distintos se considera falta muy grave.
Además de la devolución de las cantidades, se sanciona con la pérdida del derecho a la prestación por desempleo, la exclusión de recibir cualquier prestación económica y también la del fomento del empleo durante un año.
Ahora ya sabes que si solicitas y recibes el pago único del paro es necesario aportar cierta documentación que confirme en lo que has invertido ese dinero.
Si necesitas ayuda para justificar el pago único, acude a profesionales que te asesoren. En Openges podemos ocuparnos de todo el proceso desde la solicitud hasta la aportación de la documentación.