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Una de las primeras cuestiones que se nos plantean en el momento en el que nos lanzamos al mundo profesional es, cómo tributamos de cara al IRPF y cómo funciona el modelo 130.
Pues deja la mente en blanco, porque te voy a explicar todo lo que necesitas saber sobre él. ¡Vámonos que nos vamos! 🙌
Este modelo es una declaración trimestral del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el cual se liquida el pago fraccionado de dicho impuesto.
Es decir, es una declaración de los ingresos y los gastos por el que los autónomos van pagando anticipos, normalmente del 20%, por su Declaración de la Renta.
Piensa, por ejemplo, en los trabajadores por cuenta ajena. En sus nóminas se puede encontrar una retención de IRPF. Pues sería lo mismo, la diferencia es que con este modelo se paga un porcentaje fijo independiente del volumen de ingresos.
Lo primero que debemos saber es si estamos, o no, obligados a presentar y liquidar de manera trimestral nuestro IRPF a través del modelo 130.
A continuación te dejo una lista de aquellos que están obligados a presentar este modelo:
Como excepción, aquellos que percibieran como mínimo el 70% de sus ingresos procedentes de la actividad profesional, hubieran tenido retención o ingreso en cuenta, no deberán presentarlo.
En el caso de las sociedades civiles o comunidades de bienes, el pago fraccionado y la declaración anual se deberá efectuar a cada uno de los socios en proporción a su participación en el beneficio de la entidad.
Al ser de carácter trimestral, se establecen cuatro plazos para su presentación:
Además, debemos tener en cuenta los días hábiles, por lo que en domingo o festivo, el plazo se alargará hasta el próximo día hábil.
Existen dos formas de presentar este modelo:
Sí. Aunque en alguno de los trimestres no hayas tenido actividad, y por tanto tampoco emisión de ninguna factura con retención, también debes presentar este modelo e informar a Hacienda de tu situación.
Si no lo presentas, pueden considerar que facturas sin tributar, lo que puede dar lugar a una inspección por su parte. Y seguro que no te apetece nada de nada que te visite Hacienda, ¿verdad?
Debes tener en cuenta que sin actividad no podrás deducirte ningún gasto ni el IRPF, por lo que deberás afrontar todos los gastos del trimestre sin ningún tipo de deducciones.
Ahora que ya te ha quedado claro qué es el modelo 130 y para qué sirve, te aconsejo que lo dejes en manos de profesionales como los de Openges. Como emprendedor, seguro que tienes otras cosas en las que pensar; además, así no te arriesgas a ser carne de inspección de Hacienda.