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¿Has decidido trabajar por cuenta propia y no sabes si cumples los requisitos para ser autónomo?
Trabajar para ti mismo, sin jefes y sin normas puede sonarte muy bien, pero no todo el mundo está en condiciones de trabajar por cuenta propia. Ser autónomo tiene muchas ventajas, pero debes conocer bien los pasos para cumplir con todos los requisitos.
Si este es tu caso, desde Openges, con demostrada experiencia como gestoría de autónomos,te contamos cuáles son los requisitos y los pasos que deberás dar para iniciar tu nueva etapa profesional.
Vamos a ser sinceros, aquí has venido a leer una lista con los requisitos que necesitas para darte de alta como autónomo y se acabó; así que no te voy a hacer esperar mucho. Eso sí, quédate en el artículo que hay mucho que aprender.
Sin más dilación, aquí va tu lista de requisitos:
Te pongo en contexto, el autónomo societario se diferencia con el autónomo que todos conocemos en que el societario es administrador o socio de una sociedad mercantil.
Este tipo de autónomo tiene una responsabilidad ante las deudas limitada al capital aportado a la sociedad.
Si cumples con este perfil, los requisitos para darte de alta serán los siguientes:
¡OJO! Para darte de alta como autónomo societario tendrás que dar de alta una sociedad mercantil y registrarla en el Registro Mercantil.
Si lo que quieres es introducir a un miembro de tu familia en tu negocio, la figura del autónomo colaborar es la ideal para ti.
En este caso, el autónomo colaborar, tendría que ser un familiar directo del autónomo titular, y se integraría en la actividad económica para desarrollarla.
Si te interesa esta figura, te cuento los requisitos para darte de alta como autónomo colaborar:
Trabajador autónomo económicamente dependiente, pero mola más decir TRADE. Puede que sea la primera vez que escuches hablar de esta figura y parezca algo super complejo, pero te lo explico.
Un TRADE es aquel que, aún siendo autónomo, tiene un cliente del cual percibe el 75% de sus ingresos de forma habitual, regular y directa.
Ya te adelanto que para ser autónomo TRADE tendrás que firmar un contrato con la empresa de la que vayas a ser dependiente.
Además, este tipo de autónomo tiene terminantemente prohibido tener trabajadores a su carga o subcontratar a terceros.
Si te interesa saber cuáles son los requisitos para ser un TRADE, te cuento:
Ahora que ya sabes cuales son los requisitos para hacerte autónomo, te explico el proceso a seguir para poder decir que eres autónomo de forma oficial.
Tenemos que distinguir entre las cuatro clases que te he mencionado antes, así que empezaremos con lo más habitual.
Los pasos para darte de alta como autónomo son los siguientes:
Los pasos para darte de alta como autónomo societario son:
¡Recuerda! Si quieres contratar a trabajadores para tu negocio deberás solicitar el código cuenta de cotización.
Para darte de alta como autónomo colaborador no tendrás que hacer demasiado, es mucho más sencillo que el punto anterior.
En este caso, el autónomo titular deberá rellenar y presentar el modelo TA0521/2 en la Seguridad Social. Y sí, tranquilidad que lo puedes hacer online.
Te pedirán algunos datos como el DNI de la persona colaboradora, el libro de familia o una copia del alta en Hacienda del titular del negocio. Pero una vez presentado todo, el proceso habría acabado.
Como ya te fui adelantando, el trabajador económicamente dependiente tendrá que firmar un contrato con la empresa de la que vaya a percibir ese 75% de ingresos.
En este caso, el contrato deberá tener el siguiente contenido:
Una vez tengas el contrato, deberás de registrarlo en el Servicio Público de Empleo Estatal, en un plazo de 10 días hábiles después de que haya sido firmado.
Tras eso, deberás de comunicarle a la empresa el registro en al menos 5 días hábiles.
Si pasando 15 días hábiles, no has realizado el registro, entonces la empresa será la responsable de hacerlo, teniendo un plazo para ello de 10 días.
En el caso de que te hayas decidido a dar el paso para darte de alta como autónomo, quiero recordarte que existen algunas bonificaciones que te permitirán empezar con buen pie.
Te estoy hablando de la tarifa plana para autónomos. Si no sabes a que me refiero, te cuento.
Para poder disfrutar de la tarifa plana es necesario que sea la primera vez que el trabajador sé de alta como autónomo, o bien, que hayan pasado dos años desde que lo fuiste (3 años si ya disfrutaste de las bonificaciones en tu anterior periodo de alta). Además, no puedes tener ninguna deuda con la Seguridad Social o con Hacienda.
¿En qué consiste la tarifa plana?
Se trata de una subvención estatal para ofrecer ayuda a aquellos que quieren darse de alta como autónomos por primera vez, que deberá de solicitarse en el momento del alta en el RETA.
En este caso, la cuota a pagar será de 80€ mensuales durante los 12 primeros meses. Además, si tus ingresos netos durante ese primer año están por debajo del SMI, podrás seguir disfrutando de esta tarifa durante otro año más.
¡Atención! Dependiendo de la comunidad autónoma en la que vivas podrás disfrutar también de la cuota cero. ¿No sabes lo qué es? Te lo cuento.
La cuota cero es una bonificación para aquellos beneficiarios de la tarifa plana. Consiste en una especie de descuento en la tarifa plana. Me explico.
Como sabes, con la tarifa plana pagas 80€ al mes, pues la cuota cero te devuelve ese dinero que hayas pagado dejándolo en 0.
Al igual que con la tarifa plana, podrás disfrutarlo durante 12 meses con la opción de prórroga durante otros 12 meses, si en ese primer año no has tenido ingresos netos por encima del SMI.
Si te interesa, las comunidades que disfrutan de esta ayuda son Andalucía, Madrid, Extremadura, Murcia, Galicia, Baleares, Castilla y la Mancha, Castilla y León, Murcia y La Rioja.
¡Mucho cuidado con esto! Dependiendo de la comunidad en la que vivas, las condiciones para acceder a la cuota cero cambian. Infórmate bien antes de solicitarla.
Si todavía tienes dudas de los requisitos para ser autónomo que debes cumplir, llámanos o puedes contratar a un asesor online que junto con los servicios de gestoría que ofrecemos puedes evitarte los papeleos.