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Hay cuatro tipos de sociedades mercantiles en España. El número de socios que participan en la sociedad, el capital mínimo para su constitución y la responsabilidad que tengan los socios, son los factores por los que se distinguen.
En este post, vas a aprender qué es una sociedad colectiva y cuáles son sus características. ¡Allá vamos! 😎
Se trata de una sociedad mercantil de carácter personalista constituida por un mínimo de dos socios. Todos se comprometen, en nombre colectivo y bajo una razón social, a participar de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo siempre a las deudas de manera personal, ilimitada, solidaria y subsidiaria.
Como hemos comentado al principio, es uno de los cuatro tipos de sociedades que existen en España junto con la Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima y Sociedad Comanditaria.
A continuación te explico las características para poder distinguir las sociedades colectivas de los distintos tipos de sociedades que existen en nuestro país:
Los pasos para crear una sociedad colectiva son los siguientes:
En primer lugar, tendrás que acudir al Registro Mercantil Central para obtener una certificación negativa del nombre de la sociedad. Ten en cuenta que este certificado tiene una validez de solo 3 meses, y que la denominación social se mantendrá reservada durante seis meses.
A continuación, tendrás que firmar ante notario de la escritura de constitución de la sociedad. La escritura deberá contener:
Una vez con dicho documento firmado, se procederá al pago del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Tras ello, deberás inscribir a la empresa en el Registro Mercantil, donde deberá constar:
Por último, tendrás que solicitar el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria. Para solicitarlo tendrás el plazo de un mes tras la constitución de la sociedad, y siempre, antes de realizar cualquier entrega o adquisición de bienes, contratar a personal, etc.
El contrato de la sociedad colectiva establece las obligaciones y derechos de los socios. Entre las primeras destaca:
Como sé que llegados a este punto tu cabeza puede estar dando volteretas pensando, entonces, ¿en qué se diferencia de una sociedad comanditaria simple?
Voy a resolverte esta cuestión de inmediato. Hay seis diferencias fundamentales:
De forma habitual las sociedades colectivas son ideales para negocios con el capital inicial reducido que tengan pocos socios, y siempre y cuando, haya mucha confianza entre ellos.
Estas características suelen darse en comercios de barrio como peluquerías o tiendas de alimentación. Pero, también es un modelo de negocio muy utilizado entre bufetes de de abogados, economistas, auditores, médicos o arquitectos, ya que uno de los puntos positivos que tiene este tipo personalista de forma jurídica es el prestigio.
Si ya tienes claro que quieres formalizar la constitución de tu empresa, incluso si todavía tienes dudas si la sociedad colectiva es la opción que mejor se adapta a ti, contacta con Openges; sus profesionales te asesorarán con todo lo que necesites. Céntrate en tu trabajo, no en el papeleo.