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La sociedad laboral es una empresa mercantil en la que sus trabajadores ostentan la propiedad de al menos el 51% de la misma. Sus características son diferentes a las de otras formas jurídicas, como la sociedad colectiva de la que hemos hablado, cuenta con ciertos beneficios fiscales y son consideradas parte de la economía social.
La sociedad laboral no está compuesta de forma exclusiva por socios. También debe tener contratados a trabajadores fijos. Entonces, ¿quiénes forman parte de una sociedad laboral?
Según establece Ley 44/2015, de 14 de octubre, obtendrán la calificación de sociedad laboral, las sociedades anónimas o sociedades limitadas siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos:
Estas sociedades pueden ser sociedades anónimas laborales (SAL) o sociedades limitadas laborales (SLL). Veamos cuáles son sus diferencias y similitudes.
Según Laborpar (Federación Empresarial de Sociedades Laborales y Participadas) este tipo de empresas tienen ciertas ventajas que merece la pena tener en cuenta a la hora de emprender un negocio.
Los trabajadores socios constituyen la base de la empresa. Se comprometen con ella y a la hora de tomar decisiones promueven sistemas democráticos de participación. Reciben subvenciones específicas y es posible capitalizar el paro para financiar su puesta en marcha.
Son sociedades comprometidas con la Responsabilidad Social Empresarial y por ello practican una economía al servicio de las personas. Mantienen una estrecha vinculación con el entorno en el que se asientan, apuestan por el empleo estable y de calidad y fomentan la conciliación de la vida personal con la laboral.
Cuentan además con una serie de beneficios fiscales: una bonificación del 99% de las cuotas que se devenguen por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
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