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Autónomo o asalariado ¿Quién paga más impuestos ?

28 de septiembre de 2018
Autónomo o asalariado ¿Quién paga  más impuestos ?

Siempre surge la duda, ¿ es mejor autónomo o asalariado?, ¿quién paga mas impuestos?

  •  De un impuesto que aumenta de forma progresiva en función de los beneficios generados. El tributo se aplica igual para autónomos y asalariados.
  • Cuota de la Seguridad Social. Mediante la cuota, el autónomo se asegura coberturas, como la sanidad, la incapacitación temporal o prestaciones como la jubilación. La cuta mínima es de 283,3 €. La cantidad se incrementa en función de la base de cotización elegida por el trabajador. Es un impuesto deducible para el cálculo del IRPF. El problema radica en que es una cuota muy alta y no progresiva en función de los ingresos del autónomo.
  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). El autónomo ejerce como “recaudador” para Hacienda, y repercute el IVA sobre el cliente final. En consecuencia, debe presentarlo trimestral y anualmente a la Agencia Tributaria. El IVA debe reflejarse de forma desglosada en cada factura. Aunque no se trata de un impuesto real para el autónomo, aumenta el importe del producto o servicio gravado.

Diferencia entre impuestos de autónomo y asalariado

Impuestos del trabajador por cuenta ajena

Los tributos del trabajador por cuenta ajena se desglosan en diversos conceptos de su nómi¿Tributa más un autónomo, o un asalariado? Es una pregunta objeto de un debate constante. En ocasiones, un trabajador puede encontrares ante el dilema de adscribirse a una u otra situación laboral, y necesita aclarar los pros y contras de ambas fiscalidades. En números y porcentajes, la realidad es la siguiente:

Tipos de impuestos del trabajador autónomo

El trabajador por cuenta propia tributa los siguientes impuestos:

IRPF. Se tratana:

  • Formación y desempleo. Es deducible del IRPF y varía en función del tipo de contrato. En porcentajes, se trata del 1,65% del salario bruto. El tipo general es de 1,55% y para contratos de duración determinada a tiempo completo o parcial es de 1,60%. En concepto de formación profesional se tributa el 0,10%.
  • Contingencias comunes. Se descuenta un 4,70 % del total bruto de la nómina. La empresa contratante ejerce como recaudadora de un importe destinado a la cobertura de sanidad, bajas laborales y jubilación.
  • IRPF. Funciona de la misma forma que para el autónomo. El impuesto grava las rentas generadas por la persona física. En el caso de los asalariados, se retiene cada mes por adelantado en su nómina, y se ajusta de manera anual en la Declaración de la Renta.
  • Horas extraordinarias. Se tributa un 2,00% en las motivadas por causa de fuerza mayor y el 4,70% en las demás.

Conclusiones sobre tributos de autónomos y asalariados

De un primer vistazo a los porcentajes, parece que un autónomo paga menos impuestos. En realidad, debe tenerse en cuenta la parte de estos porcentajes que asume la empresa contratante, la cual sería la siguiente:

Prestaciones a la Seguridad Social:

  • Contingencias comunes: 23,8% del salario bruto.
  • Desempleo: 5,5%.
  • Fondo de Garantía Social: 0,2%.
  • Fines formativos: 0,6%.

En conclusión, el asalariado paga más impuestos, aunque asume menos de forma directa, justo el caso contrario del trabajador por cuenta propia.

Ambas situaciones, el trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, representan opciones laborales muy distintas. El autónomo vive en una situación de incertidumbre constante en cuanto a sus ingresos mensuales.

La incertidumbre que afronta el autónomo se refleja en aspectos como el alta en el RETA, donde la tendencia es darse de alta por la base mínima de cotización. La base determina que la jubilación que recibirá será más baja, un acceso a prestación por desempleo poco accesible y una menor protección en caso de baja temporal, entre otras.

La solución consiste en que el importe de cuota del RETA sea un porcentaje de los ingresos en vez de una cantidad fija. De momento, no se prevén cambios normativos, aunque la mayoría de los autónomos apoyan crear modelos que permitan al autónomo eludir la cuota en caso de ingresos mínimos, como complemento del trabajo de asalariado, o como fuente de ingreso extra.

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