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Modelo 347 | Para qué sirve y cuándo se presenta

21 de diciembre de 2023
Modelo 347 | Para qué sirve y cuándo se presenta

Las empresas y los autónomos deben cumplir con todas sus obligaciones fiscales para no enfrentarse a sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Por eso es importante conocer el modelo 347, para qué sirve y cuándo se presenta.

Qué es el modelo 347

El modelo 347 es una declaración informativa que se presenta de forma anual en la Agencia Tributaria y que es obligatoria para algunos sujetos.

Para qué sirve el modelo 347

Esta declaración informativa contiene información sobre las transacciones económicas entre proveedores y clientes, es decir, entre empresas que realizan una venta de bienes y servicios a cambio de un pago.

De esta forma, el modelo 347 sirve para que la Agencia Tributaria pueda contrastar la información declarada por cada una de las partes en cuanto a las cuantías declaradas, entre otras cosas.

A las empresas puede servirles para comprobar los datos que constan en sus libros de registro y corregir algunos errores que puedan haberse generado antes de cerrar el ejercicio económico definitivamente.

Quién está obligado a presentar el modelo 347

Este modelo debe ser presentado obligatoriamente por todas las personas físicas y jurídicas, ya sean públicas o privadas, que llevan a cabo actividades empresariales o profesionales. Todo ello está regulado en la Ley General Tributaria, concretamente en el artículo 93.

Por tanto, el modelo 347 lo presentan tanto proveedores como clientes para que pueda servir a la Agencia Tributaria para comprobar que los datos declarados por ambas partes sean correctos.

También tiene la obligación de presentar esta declaración las asociaciones, sociedades, colegios profesionales y otras entidades que realicen cobros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual.

Exentos de presentar el 347

Aunque la regla general es que todas los autónomos y empresas deban presentarlo, hay algunas excepciones en la obligación:

●     Quienes no tengan la sede de la actividad económica en territorio español, aunque realicen actividades empresariales o profesionales en España.

●     Las personas físicas y entidades que tributen el IRPF por el método de estimación objetiva y el IVA por los regímenes simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca.

●     Quienes hayan estado obligados a llevar los Libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).

●     Cuando las operaciones realizadas durante el año natural que corresponda no superen los 3.005,06 euros o 300,51 cuando el cobro haya sido por cuenta de terceros.

●     Quienes hayan realizado operaciones que no estén sometidas al deber de declaración, según lo establecido por la ley.

Aquellos que no estén específicamente incluidos en alguno de estos puntos o en una normativa específicamente excluidos deberán presentar el modelo 347 dentro del plazo anual establecido.

Cuándo se presenta el modelo 347

El plazo de presentación del modelo 347 comprende el mes de febrero de cada año y en él se incluyen las operaciones realizadas durante el año natural anterior.

Cómo se presenta el modelo 347

A través de la sede electrónica de la web de la Agencia Tributaria puede realizarse la presentación telemática del modelo 347 o su consulta. Para ello, es necesaria la identificación a través se Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.

En él habrá que incluir los datos identificativos de la persona que lo presenta, el ejercicio al que corresponde y una relación de declarados en la que se identifica cada operación con una clave.

Qué se incluye en el modelo 347

Los sujetos que tengan la obligación de presentar esta declaración, deben incluir en él:

●     Subvenciones y ayudas no reembolsables.

●     Operaciones de entidades aseguradoras.

●     Anticipos de clientes y proveedores.

●     Arrendamientos no sujetos a retención.

●     Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto.

●     Operaciones inmobiliarias.

Los datos recopilados en el Modelo 347 se estructuran en tres páginas, siendo la primera un resumen de los datos, la segunda una relación de los declarados y dedicando la tercera a la relación de inmuebles.

Resumen de datos

En esta primera página se incluyen los datos del declarante que presenta la declaración, el ejercicio al que hace referencia, si es una declaración complementaria o sustitutiva, la fecha y la firma.

Las casillas que aparecen en esta página son las siguientes:

●     Casilla 01. Número de clientes y proveedores con los que el declarante ha realizado operaciones superiores a 3.005,06 euros.

●     Casilla 02. Importe total de las operaciones que se han realizado con los clientes y proveedores de la casilla 01, incluyendo el IVA.

●     Casilla 03. Número total de los locales de negocio del declarante.

●     Casilla 04. Importe del alquiler de los locales de negocio especificados en la anterior, incluyendo el IVA.

Relación de declarados

En esta segunda parte del modelo se identifican los clientes y proveedores con los que se han realizado las operaciones por un importe total que supera los 3.005,06 euros.

De cada operación con terceros se declara el NIF, el nombre o razón social, la provincia, el importe anual de las operaciones y el tipo de operación realizada, indicando una de las claves de la A a la G, entre otros aspectos.

Estas son las claves de operación del modelo 347 que habrá que indicar en cada cliente o proveedor:

●     Clave de operación A: Compras.

●     Clave de operación B: Venta.

●     Clave de operación C: Cobros de clientes superiores a 300,51 euros.

●     Clave de operación D: Dinero que recibes de entidades públicas y que no forma parte de tu actividad laboral.

●     Clave de operación E: Subvenciones o ayudas, siendo esta clave exclusiva para la Administración Pública.

●     Clave de operación F: Ventas exclusivas de agencias de viaje.

●     Clave de operación G: Compras de agencias de viaje.

Relación de inmuebles

Esta última página tiene como objeto incluir los locales de negocio alquilados por un importe superior a los 3.005,06 euros.

Entre los datos que deben incluirse por cada uno de ellos está el NIF del arrendatario, el nombre comercial, la dirección del local alquilado o el importe de este alquiler.

El modelo 347 es una de las obligaciones fiscales que deben cumplir la mayoría de las empresas y autónomos. Se presenta en febrero de cada año y se incluyen todas las operaciones, tanto con proveedores como con clientes, del año anterior.

Si necesitas ayuda o tienes dudas sobre cómo elaborarlo o qué incluir en él, en Openges podemos encargarnos de todo para que tú te encargues sólo de tu negocio.

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