¿Sabes que son deducibles del IRPF ciertos gastos de tu actividad profesional?, ¿cuándo y cómo puedes deducir tu manutención en horario laboral?, ¿entran en las deducciones los gastos de casa si tienes allí tu oficina? Conoce las respuestas en OpenGes.
Qué son los gastos deducibles
La Agencia Tributaria considera gastos deducibles de los autónomos del IRPF aquellos que cumplen tres requisitos:
- Derivan de ejercer su actividad profesional.
- Se justifican mediante facturas.
- Quedan registrados en sus libros contables.
Le corresponde al trabajador justificar que los gastos pertenecen a su trabajo, y no a su vida personal. En caso de que ubique su oficina en casa, debe determinarse el porcentaje de gastos del domicilio atribuibles a su actividad laboral.
Cada gasto necesita su correspondiente factura. Siempre que los gastos guarden relación con su trabajo, el autónomo debe acostumbrarse a pedir la factura en taxis, gasolineras, restaurantes, tiendas de material de oficina, empresas de abonos de transporte público, etc.
No sirven como justificantes los tickets o recibos donde no figuran los datos fiscales del autónomo. Debe poder identificarse a la persona o sociedad que realiza el gasto.
Ejemplos de gastos deducibles de los autónomos: la manutención
Algo tan común en el trabajo autónomo, como la necesidad de comer fuera del trabajo mientras desempeñas tu actividad laboral, puede convertirse en un quebradero de cabeza si desconoces los trámites para deducir la manutención.
Los requisitos que impone Hacienda buscan evitar que se deduzcan gastos personales y de ocio, y clarificar posibles conflictos generados al deducir estos gastos, porque en ciertas ocasiones resultan difíciles de justificar.
A partir del ejercicio de 2018, si ejerces una actividad empresarial o profesional por cuenta propia y tributas en estimación directa (normal o simplificada), la deducción de tus gastos de manutención se encuadra en una nueva regulación en el IRPF:
- Los gastos deben producirse en un establecimiento de restauración u hostelería.
- La manutención debe abonarse mediante un medio electrónico de pago, ya sea por transferencia bancaria o tarjeta.
- Las cantidades no deben superar los límites de gasto normales de manutención de los trabajadores:
- Manutención sin pernocta: 26,67 €/día en territorio español o 48,08 €/día en territorio extranjero.
- Manutención con pernocta: 53,34 €/día en territorio español o 91,35 €/día en territorio extranjero.
Los cambios con respecto a la legislación anterior consisten en que para deducir la manutención ya no se permite el pago en efectivo, y tampoco se exige que debas comer en un municipio diferente al de tu centro de trabajo o domicilio.
Cómo deducir los gastos del día a día
Como autónomo, ciertos gastos comunes en tu día a día pueden generar dudas en cuanto a su fiscalidad. Algunos parecen encuadrarse en una especie de zona gris administrativa, mientras que otros son fácilmente deducibles con la legislación actual, entre ellos:
- Tus propias cuotas de cotizaciones a la Seguridad Social.
- Gastos de formación, sueldos, pagas extras o dietas de los trabajadores asalariados del autónomo.
- Vestuario laboral logotipado.
- Facturas de profesionales contratados por el autónomo, como auditores o contables.
- Consumos de explotación. Compras corrientes de bienes a terceros, como insumos y mercaderías.
- Cualquier arrendamiento, desde inmuebles, a cánones por derechos de uso de patentes.
- Obras de mantenimiento de inmuebles, siempre que no guarden relación con sus mejoras.
- Cuando se cumplen ciertos requisitos, son deducibles las pérdidas derivadas por insolvencias de tus deudores.
- Primas de seguro de enfermedad. Se deduce el porcentaje que corresponde a la cobertura del autónomo, su cónyuge y los hijos menores de 25 años que aún vivan con él.
- Actividades empresariales o profesionales relacionados con el mecenazgo.
Gastos de suministro deducibles
En general, los gastos deducibles de los autónomos son gastos de suministros, donde se encuadran luz, agua, electricidad, telefonía e Internet, si la actividad profesional se ejerce en la vivienda habitual del autónomo.
La deducción se calcula aplicando el 30% a la proporción entre superficie total del inmueble y m2 dedicados a la actividad. Existen salvedades donde se aprueba un porcentaje superior o inferior.
Puedes deducir hasta un el 30% de las diferentes cuotas una vez declarado ante la Agencia Tributaria cómo influyen en tu actividad. Esta deducción, engorrosa de calcular, es un ejemplo de trámite que OpenGes puede gestionar por ti.
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