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¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?

11 de agosto de 2020
¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?

¿Trabajas en una empresa pero te ha salido un trabajo como autónomo al que no puedes renunciar? Desde OpenGes, la mejor gestoría online  te mostramos si es puedes ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez.

Ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez se llama pluriactividad

La situación de pluriactividad para el autónomo ocurre cuando se realizan dos o más actividades laborales en el régimen de la Seguridad Social distintos. No es lo mismo que pluriempleo, ya que, en este último caso, un trabajador por cuenta ajena presta servicio a varios empresarios, pero siempre en el mismo régimen económico.

En otras palabras, la pluriactividad lo que permite es que una persona sea autónomo y trabajador por cuenta ajena de forma simultánea. Podríamos hablar de dos casos muy habituales:

  • Ser trabajador por cuenta ajena y realizar una actividad secundaria como autónomo: una persona hace una actividad puntual por cuenta propia, pero no supone su principal medio de subsistencia.
  • Ser autónomo y trabajador por cuenta ajena al mismo tiempo: durante los primeros 18 meses tienen una reducción en su base de cotización de hasta el 50%. A partir de ese momento, durante otros 18 meses, tienes una bonificación de hasta el 75%.

Una de las principales dudas a la hora de plantear la pluriactividad es la jubilación. En este caso, puedes compatibilizar tu pensión como autónomo, cobrando el 50% de lo que te corresponda, y seguir trabajando en una empresa. Cuando dejes de trabajar para dicha compañía cobrarás el 100% de tu pensión; para disfrutar de lo que se conoce como “pensionista activo” es necesario haber alcanzado la edad de jubilación

¿Reducción de la base de cotización o tarifa plana?

En muchas ocasiones, te puede surgir la duda de si te interesa más una reducción de la base de cotización o abonar la tarifa plana para no incurrir en un exceso de cotización; a continuación te vamos a mostrar qué te conviene más.

Reducción de la base de cotización

Durante los primeros 18 meses, siempre que tengas jornada completa o superior al 50%, se te reducirá el 75% de la base de cotización; en otras palabras, pagarás 178,40 € como autónomo. Por el contrario, si tienes una jornada inferior al 50% pagarás 119,23 €; es decir, una disminución del 50%.

Por otro lado, pasados esos 18 meses y hasta los 36 meses, si tienes una jornada superior al 50% verás reducido el 85% de la base de cotización, pagando 202,06 €; si es igual o inferior al 50%, se te reducirá el 75% y solo pagarás 178,40 €.

Tarifa plana

Por otra parte, en el caso de la tarifa plana el abono que tendrías que realizar como autónomo sería de la siguiente forma:

  • Primeros 12 meses: 60 €.
  • 6 meses siguientes (hasta los 18 meses): 137,05 €.
  • 6 meses posteriores: 191,87 €.

Además, si eres una mujer menor de 35 años o un hombre menor de 30, durante los siguientes 12 meses abonarías 191,87 €.

En cualquier caso, el importe al darse de alta de autónomo nunca debe abonarse fuera de plazo, porque perderías todas las reducciones y bonificaciones por pluriactividad.

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