Openges

¿Puedo compatibilizar el paro con ser autónomo?

15 de marzo de 2024
Compatibilizar paro con ser autónomo

Puede que te haya surgido de la duda de si se puede cobrar el paro y ser autónomo, y de hecho, la posibilidad de compatibilizar el paro con ser autónomo puede sonar a algo imposible o, por lo menos, muy difícil.

Sin embargo, esto no es así y puede ser una gran ayuda a la hora de poner en marcha tu negocio. Te lo explico todo. 😉

Requisitos para cobrar el paro

Como regla general, para poder tener derecho a la prestación contributiva por desempleo es necesario haber sido despedido o haber sufrido una reducción de jornada y salario entre el 10 y el 70%.

Además, hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en la Seguridad Social en España. Es indispensable estar cotizando por desempleo.
  • Haber cotizado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo.  
  • Haber cotizado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo.  
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo. Es necesario estar buscando empleo de forma activa y dispuesto a aceptar empleos adecuados para tener derecho a jubilación.  

¿Es posible compatibilizar el paro con ser autónomo?

En principio parece que no es posible ya que el paro está dirigido a personas que han perdido su empleo. Pero la realidad es que sí lo es.

Cuando una persona está en situación de desempleo y pone en marcha un negocio tiene la posibilidad de compatibilizar el paro con ser autónomo.

La opción más conocida es el pago único, o capitalización del paro, que consiste en recibir todo el importe que te corresponde en concepto de prestación por desempleo en un solo pago.

La capitalización del desempleo permite a los nuevos autónomos invertir todo lo que han cobrado de golpe en poner en marcha su negocio.

Pero, aunque es la opción más conocida y utilizada, con la entrada en vigor en el año 2013 de la Ley de apoyo al emprendedor, el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de Febrero, es posible directamente seguir cobrando la prestación por desempleo y generar ingresos como autónomo.

En ambos casos, la finalidad es la misma. Se pretende fomentar el trabajo autónomo mediante el impulso que dan los ingresos al inicio de la actividad, cuando son más reducidos los generados por el negocio.

Cómo compatibilizar el paro con ser autónomo

Como te adelantaba en el punto anterior, las personas que están en situación de desempleo y quieren poner en marcha su negocio, pueden utilizar su prestación por desempleo para ello.

De hecho, existen cuatro opciones diferentes para invertir o cobrar el paro cuando te das de alta como autónomo:

  • Capitalización del paro. El pago único es la opción más conocida y utilizada. Consiste en el cobro en su totalidad de la prestación por desempleo a la que tenga derecho el autónomo para invertirla en poner en marcha el negocio. La principal desventaja de esta opción es que es obligatorio justificar ante el SEPE en qué se ha invertido la prestación, aportando justificantes de pago y una memoria.
  • Pagar la cuota con el paro. Existe la opción para los emprendedores de utilizar la prestación por desempleo pendiente para pagar las cuotas de la Seguridad Social. Se encarga el SEPE de pagar las cuotas del RETA, y así el autónomo se olvida de ello durante el tiempo que le dure el importe de la prestación por desempleo.
  • Fórmula mixta. Esta tercera opción es una combinación de las dos anteriores. La persona puede elegir un porcentaje de su prestación para la puesta en marcha del negocio y el resto para cubrir las cuotas de la Seguridad Social de los primeros meses.
  • Compatibilizar el paro y ser autónomo. Aunque es menos conocida, existe la opción de seguir cobrando el paro y darse de alta de autónomo. Así, se podrá compaginar el paro y ser autónomo, cobrando mensualmente mientras se generan ingresos por parte del negocio.

Capitalizar paro

Requisitos para compatibilizar el paro 

Los requisitos que hay que cumplir son distintos en función de la opción que quieras elegir.

En caso de que quieras optar por la capitalización, el pago de las cuotas o una fórmula mixta tendrás que cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber estado antes dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Tener derecho a, al menos, tres meses de prestación por desempleo.  
  • No haber utilizado la prestación para ese fin en los cuatro años anteriores a la solicitud.  
  • No haber impugnado el despido. Esto es así, porque hasta que finalice el procedimiento no podrá beneficiarse de ninguna de las opciones.
  • Acreditar ante el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) la nueva alta como autónomo.

Si lo que quieres es compatibilizar el cobro de la prestación mensual por desempleo y el alta como autónomo, hay que cumplir:

  • Ser una persona desempleada que, todavía, tenga paro pendiente de cobrar.
  • Que vengas del Régimen General.  
  • Que emprendas un negocio y te establezcas legalmente como autónomo, con alta en el RETA.  
  • Solicitar al SEPE la compatibilidad de la prestación, como máximo, 15 días después de darse de alta como autónomos. 

Duración

Si se cumplen los requisitos para poder compatibilizar la prestación por desempleo y el alta de autónomo, esto no es ilimitado en el tiempo.

En el caso de la capitalización del paro, se hace de una sola vez.

Para el caso de la compatibilización del cobro de la prestación, si eres una persona desempleada y tienes paro pendiente, puedes darte de alta como trabajador por cuenta propia y seguir percibiendo la prestación que te corresponda. Esto es así durante un máximo de 270 días, es decir, nueve meses. Si sigues dado de alta como autónomo a partir de los nueve meses, se perderían los tres meses restantes.

Entonces, ¿puedo compatibilizar el paro con ser autónomo?

Como ya te he explicado, puedes compatibilizar el paro con ser autónomo.

A partir de 2013 entró en vigor la Ley de Emprendedores, con el objetivo de facilitar el emprendimiento a los trabajadores menores de 30 años que han quedado desempleados.

Más tarde, esta norma se modificó para incluir a los emprendedores de cualquier edad, siempre que estén en situación de desempleo y se den de alta como trabajadores autónomos.

Por tanto, puedes compatibilizar el paro con ser autónomo, siempre que te des de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Autónomos que pueden compatibilizar el paro con ser autónomo

Puedes compatibilizar el paro con ser autónomo siempre que:

  • Seas una persona desempleada con paro pendiente de cobro.
  • Vienes del Régimen General.
  • Pongas en marcha un negocio.
  • Te des de alta como autónomo en el RETA.    
  • Solicites al SEPE la compatibilidad de la prestación, como máximo, 15 días después de darse de alta como autónomos.

Autónomos que no pueden compatibilizar el paro con su negocio

Pero no todos los autónomos pueden compatibilizar el paro con su negocio.

Según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no podrás compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con ser autónomo si:

  • Inicias una actividad por cuenta propia sin darte de alta como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Solicites al SEPE la compatibilidad de la prestación, tras 16 días después de darte de alta como autónomos.
  •  Inicias una actividad por cuenta propia o te incorporas a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral que ya estuvieran constituidas anteriormente, aunque te hayan dado de alta en el RETA. 
  • Te des de alta como trabajador por cuenta propia en alguno de los regímenes de la Seguridad Social para incorporarte como socio o socia a una sociedad mercantil. Es decir, están descartados los autónomos societarios.   
  • Si tu último empleo ha sido por cuenta propia. Es decir, para compatibilizar paro y alta como autónomo es necesario venir del Régimen General.
  • Cuando hayas compatibilizado el paro en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.   
  • Si has obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los dos años anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.  
  • Si te das de alta como autónomo y firmas un contrato para realizar tu actividad profesional con la persona que te tenía contratado por cuenta ajena antes de estar en desempleo.

Solicitud para compatibilizar el paro con ser autónomo

Para compatibilizar el paro con ser autónomo hay que llevar a cabo un proceso similar al que hay que realizar para acceder al desempleo.

Si eres autónomo y quieres compatibilizar la prestación por desempleo con tu actividad debes rellenar el “impreso de solicitud de prestación contributiva” que ofrece el SEPE al final de su página web.

Al descargar este formulario, el emprendedor deberá rellenar todos sus datos como si estuviera solicitando de nuevo la prestación. Tendrá que incluir los datos personales, de sus hijos y de la entidad financiera para el abono de la prestación.

El punto más importante que tienes que tener en cuenta es marcar la opción de “compatibilidad con trabajo por cuenta propia” que aparece situada arriba a la derecha del formulario.

Tendrás que enviar este formulario al SEPE, junto al resto de la documentación requerida en el impreso, en el plazo improrrogable de 15 días desde que se dio de alta como autónomo en Hacienda y Seguridad Social.

Ahora ya sabes que puedes compatibilizar el paro con ser autónomo y las diferentes opciones a las que puedes acceder. Te animamos a que valores cada una de ellas y solicites la que más te convenga.

Si necesitas ayuda con tu alta o con las distintas gestiones necesarias para tu negocio, cuenta con una gestoría como Openges y olvídate de todo para centrarte en lo realmente importante 😊

Categoría

Emprender