No dudes, te lo contamos todo
Puedes informarte sin compromiso. Resolvemos cualquier duda o consulta que tengas. Nuestro equipo de expertos te atiende.
Horario atención telefónica:
LUNES A JUEVES de 9:00 a 18:00
VIERNES de 9:00 a 14:00
Llámanos gratis
900 730 037
Rellena este formulario, nos pondremos en contacto contigo en menos de 24h.
La finalidad de la recogida de sus datos es para poder atender su solicitud de información, sin cederlos a terceros, siendo responsable del tratamiento OpenGes, Servicios Integrales de Asesoramiento SL. La legitimación se basa en su propio consentimiento, teniendo usted derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la Política de Privacidad.
Horario atención telefónica:
LUNES A JUEVES de 9:00 a 18:00
VIERNES de 9:00 a 14:00
Llámanos gratis
900 730 037
Tabla de contenidos
Si Hacienda me pide facturas de hace 20 años, lo más normal es que mi cara sea de sorpresa y después, que mis nervios se pongan de punta.
La Agencia Tributaria asusta, eso es innegable. Y más si pide documentación de hace tanto tiempo después de tantas limpiezas generales.
¿Y qué pasa en estos casos? Vamos a verlo.
Lo primero que debes hacer es mantener la calma. Sabemos que no es fácil, pero es lo mejor en estos casos.
Hay que saber que cuando la Agencia Tributaria está solicitando información y documentación es porque hay algo que quiere saber y tiene sus motivos.
Lo siguiente es tener toda la información posible para saber cómo actuar.
En general, la Agencia Tributaria suele solicitar facturas cuando hay diferencias entre impuestos presentados por las diferentes empresas, descuadrando lo presentado entre proveedor y cliente, por ejemplo.
En el caso de facturas muy antiguas, las suele pedir únicamente en casos excepcionales, como auditorías fiscales que se han extendido o investigaciones de actividades sospechosas que abarcan varios años fiscales.
No es algo que suela ocurrir de forma habitual pero puede pasar si existen indicios de evasión fiscal o si las declaraciones previas contienen inconsistencias significativas que requieren una revisión profunda.
Si Hacienda pide las facturas, la siguiente pregunta es…¿qué obligación tengo yo de guardar las facturas?
Pues no hay una respuesta fija a esta pregunta, ya que varían según las leyes de cada país, estando el período más normal entre 5 y 10 años.
Sin embargo, en casos de investigaciones por irregularidades graves o sospecha de fraude fiscal, Hacienda puede requerir documentos más antiguos para completar su análisis.
Vamos a ver cuál es la obligación según las diferentes normativas aplicables en España.
La Agencia Tributaria se rige por la normativa tributaria, que exige que guardemos las facturas durante un período de 4 años.
Este periodo es el que debe transcurrir para que los impuestos prescriban. Es decir, durante estos 4 años, Hacienda puede hacer inspecciones y comprobar que todo sea correcto respecto a nuestras obligaciones tributarias.
Entonces, según lo establecido en esta normativa, si Hacienda te pide las facturas de hace 20 años, tú tendrás que dárselas aunque tu obligación derivada de estas normas es conservarlas durante 4 años.
El Código de Comercio establece que las empresas deberán guardar las facturas y el resto de documentación durante un período de 6 años.
Por lo tanto, la Agencia Tributaria puede pedir explicaciones sobre facturas que hayas emitido 6 años atrás. No sería la primera vez.
Todas las facturas relacionadas con las declaraciones de IVA deben ser conservadas durante 4 años, de acuerdo con lo establecido por la Agencia Tributaria.
No obstante, los recibos relacionados con los bienes inmobiliarios deben guardarse por un período de 9 años.
La parte penal es lo que puede dar más miedo. Pero, tranquilidad, salvo que hayas cometido una transgresión relacionada con tus cuentas, no tienes de qué preocuparte.
En el Código Penal se incluyen delitos como la falsificación de la documentación o las infracciones contra la Administración Pública, como estafar una importante cantidad de dinero.
De todos estos delitos, los que conllevan los mayores castigos son los del fraude fiscal, que llevan aparejadas penas de hasta 5 años de cárcel más la multa que le corresponda.
Todos estos delitos prescriben a los 10 años.
Aunque la Agencia Tributaria establece un plazo obligatorio para conservar las facturas de 4 años, cuando hay un procedimiento penal en un juzgado, este plazo se puede extender.
Los procedimientos judiciales se pueden alargar, especialmente si es Hacienda la que va perdiendo. De hecho, hay procedimientos que han durado más de 20 años.
Entonces, durante toda la duración de estos procedimientos la Agencia Tributaria puede pedir documentación y tu obligación es conservarla.
Si no contestas a una solicitud de Hacienda donde se requieren facturas y otros documentos o la respuesta no es adecuada, el resultado será una multa.
A esto habrá que añadirle los intereses de demora e incluso puede acabar en acciones legales.
Las consecuencias son diferentes en función de la gravedad del incumplimiento y de la normativa que se aplique, tanto de la Comunidad Autónoma como la legislación local.
En principio, la cuantía de la multa sería del 2% sobre el volumen de ventas que se haya declarado.
Si no sabe el importe del volumen de ventas de la empresa, la sanción es de 300 euros por cada operación sin factura.
Además de las consecuencias directas, como las sanciones, también tiene una repercusión negativa en futuras declaraciones de impuestos.
Si Hacienda nota que no hay cooperación por parte del sujeto obligado, puede haber más inspecciones, más rigurosas y con menos posibilidades de negociar o resolver disputas de forma favorable.
De todas formas, lo más recomendable en caso de que te llegue un requerimiento de la Agencia Tributaria, es que se lo dejes a profesionales. En Openges se pueden encargar de todos los trámites y gestiones relacionadas con tu empresa, para que tú no te preocupes por nada y puedas hacer crecer tu negocio.