Openges

Cómo crear una empresa con un euro en España

17 de mayo de 2023
Cómo crear una empresa con un euro en España

¿Tienes un euro en tu cartera? ¡Genial! Tienes el capital que necesitas para crear una empresa en España. Sí, has leído bien, no se me ha ido la olla ni se me ha olvidado incluir varios ceros. 

La Ley Crea y Crece implementada por el Gobierno ha reducido el capital inicial para crear una empresa a tan solo 1 euro. ¿Increíble, verdad? Si estás pensando en montar tu propio negocio y no tener más jefes que tú mismo, este es tu momento. 

En este post voy a contarte todo lo que necesitas saber para que, cuando termines de leerlo, puedas montar tu propia empresa por menos de lo que cuesta una cerveza, ¡palabra de Openges!

Cómo crear una empresa desde un euro

De primeras puedes pensar que es el típico post de clickbait y que en realidad no se puede crear una empresa con un solo euro, pero no es así. Ponte cómodo porque voy a explicarte cómo crear una empresa paso a paso con un solo euro. ¡Vamos allá!

Registra el nombre de la sociedad

Lo primero que hay que hacer es elegir el nombre que se quiere registrar. Es importante que este nombre sea único y no se encuentre ya registrado por otra empresa. Para comprobarlo, se puede realizar una búsqueda en el Registro Mercantil.

Desde esta misma web puedes hacer la solicitud de certificado para reservar tu nombre. Deberás incluir las tres opciones de nombres que más te convenzan para tu futura empresa. 

Una vez que te concedan el certificado, reservarán el nombre de la empresa durante 6 meses. Eso sí, antes de que pasen 90 días deberás de ir a un notario y registrarlo. De no ser así, deberás realizar de nuevo todo el proceso, así que no pierdas el tiempo. 

Abre una cuenta bancaria para la empresa

Una vez tengas el certificado en tu poder, podrás abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa. En ella deberás ingresar 1 euro, correspondiente al Capital Mínimo Inicial. 

Tras ingresar el CMI el banco te proporcionará un Certificado del Ingreso para que puedas presentarlo ante notario para crear tu empresa.

Redacta los estatutos sociales

Este es el típico momento que yo en tu lugar intentaría evitar a toda costa. No hay nada que apetezca menos que redactar unos estatutos. 

Mi consejo es que acudas a un notario o abogado que se encargue de redactarlos por ti. Créeme, te aliviará más de un dolor de cabeza y tendrás la certeza de que están correctamente. 

Si aún así quieres lanzarte a la aventura, te dejo un listado con la información básica que sí o sí debe aparecer en los estatutos:

  • Denominación: nombre de la empresa.
  • Duración: lo habitual es que sea de duración indefinida y que se determine que comienza su actividad tras recibir la escritura constitutiva.
  • Domicilio: localización del domicilio de la empresa (local, oficina, casa…).
  • Objeto social: actividad a la que se va a dedicar la empresa y objetivo de la misma.
  • Capital social: cantidad de capital social (dinerario y no dinerario), número de participaciones de los socios y valor de estas.
  • Prohibiciones sobre las participaciones: restricciones para la utilización de las participaciones y acciones no permitidas.
  • Título de propiedad sobre las participaciones: determinar cuáles son los elementos que acreditan a una persona como titular de una participación.
  • Libro del Registro de Socios: se explica lo que se incluirá en el libro, que el administrador lo custodiará y actualizará y los diferentes requisitos para rectificarlo o modificarlo.
  • Reglas sobre la transmisión de participaciones: obligaciones a cumplir si se quiere transmitir una participación.
  • Transmisiones: diferentes normas y características de los tipos de transmisiones (voluntarias, mortis causa…).
  • Junta General: explicación de cuándo se reunirá la Junta General y el número de votos necesarios para llevar a cabo una acción.
  • Órgano de administración: tipo de organización de la empresa (administrador único, varios solidarios, varios mancomunados, un consejo de varios administradores…), sueldo de la administración y duración del cargo.
  • Poder de representación: explicar quién representa a la empresa según la organización que hayas decretado en el aspecto anterior.
  • Régimen del Consejo de Administración: composición del consejo (presidente, secretario…), convocatoria de los consejos, tipo de representación, constitución, forma en la que se aceptan o rechazan acuerdos, redacción de actas, delegación de facultades y autorregulación.
  • Ejercicio social: determinación del principio y fin de los ejercicios sociales. Destacar que aquí debes incluir que el primer ejercicio comienza desde que comienza la actividad y no desde el 1 de enero.
  • Cuentas anuales: explicar cómo se llevarán las cuentas anuales, quién las revisará y la distribución de los dividendos de los socios.
  • Disolución y liquidación: forma de liquidar la sociedad.

👉🏻 ¡Importante! Las normas incluidas en los estatutos se deberán añadir a la escritura pública de la constitución.

Crea la Escritura Pública de la constitución de la empresa

Para este trámite necesitarás ir de nuevo al notario. Dentro se incluirán los estatutos y la firma de todos los socios que vayan a formar parte de la empresa. 

Además, se deberán incluir una fotocopia de los documentos de los mismos junto a una declaración en la que indiquen que están en pleno uso de sus facultades. En caso de ser tú el único socio, solo necesitarás tu firma y fotocopia del documento de identidad. 

Los documentos necesarios para la escritura son:

  • Estatutos Sociales.
  • Certificación negativa del Registro Mercantil.
  • Certificación del banco de la aportación al Capital Social.
  • D.N.I. de los socios fundadores.
  • Declaración de inversiones exteriores (si algún socio es extranjero).

Obtén el N.I.F de la sociedad

Cuando tengas la Escritura Pública podrás acudir a Hacienda, con el modelo 036 cumplimentado junto con una fotocopia de la Escritura, para que te den el NIF provisional de tu empresa. 

¡No te olvides que Hacienda deberá entregarte las etiquetas y tarjetas identificativas!

👉🏻 Importante: El N.I.F. provisional tiene una validez de 6 meses. Cuando pase este periodo deberás solicitar el NIF definitivo de la empresa.

Inscribe la empresa en en el Registro Mercantil Provincial

Ya estás a puntito de tener tu propia empresa. Cuando tengas las escrituras y el NIF provisional, tendrás 2 meses para inscribir la empresa en el Registro Mercantil de tu provincia. ¡No te duermas en los laureles!

Cuando vayas a inscribirla revisa bien que llevas la siguiente documentación, sino, tendrás que hacer el camino dos veces:

  • Certificado negativo de denominación social.
  • Escritura de la constitución de la S.L.
  • Copia del N.I.F.

Como ves, son solo tres documentos, así que no te olvides ninguno. 

Solicita el N.I.F. definitivo

Para terminar de crear la empresa necesitarás sí o sí el NIF definitivo. Cuando realices todos los pasos anteriores, vuelve a Hacienda (otra vez) y cambia tu NIF provisional por el definitivo. 

👉🏻 ¡Importante! Para poder gestionar tu empresa deberás estar dado de alta en el RETA. 

Entrega el alta censal con el modelo 036

Cuando ya tengas el NIF definitivo podrás dar de alta a tu empresa en la AEAT. En este paso deberás elegir el epígrafe que mejor concuerde con la actividad que vas a desarrollar. 

Este punto suele generar muchas dudas en los emprendedores, así que te recomiendo que acudas a una asesoría antes de tomar la decisión. 

De este modo, evitarás darte de alta en un epígrafe erróneo. Créeme, te evitará más de un disgusto en el futuro. Ten en cuenta que este determinará el Impuesto de Actividades Económicas que deberás pagar en el futuro próximo (en caso de que tu empresa vaya muy bien y facture más de un millón de euros). 

Entrega la declaración del IVA

¿Te gustan las visitas a Hacienda? A mí tampoco, pero deberás acudir de nuevo para presentar el modelo 036 para notificar el comienzo de la actividad

Dentro de este modelo deberás rellenar el apartado referente a la actividad económica y su régimen de IVA.

Crea tu empresa por un euro de manera telemática

¿Te ha parecido un proceso demasiado largo y que te haría perder demasiado tiempo? También tengo la solución para ti. Existe la posibilidad de ahorrarte el tener que ir tantas veces a Hacienda, ¡los tiempos avanzas y cada vez todo está más informatizado!

Contacta con Openges y deja que ellos se encarguen de facilitarte la vida. ¡Evitarás una cantidad insufrible de papeleo!

Aspectos importantes de la Ley Crea y Crece

Antes de crear la empresa deberás saber que existen una serie de obligaciones que deberás cumplir. Es cierto que te lo pondrán fácil y podrás crear una empresa con solo 1 euro, pero también lo es que deberás cumplir con una serie de obligaciones.

Reservar el 20% de los beneficios

Con la Ley se ha eliminado el requisito de disponer de 3.000 euros en el momento de la creación de la empresa, pero en el futuro estos deberán de estar en la cuenta como garantía. 

Para ello, deberás de destinar el 20% de los beneficios hasta alcanzar dicha cantidad de Capital Mínimo

Responsabilidad en caso de disolución de la empresa

Esto solo se produciría en el peor de los casos. Si la empresa no termina de despegar y no alcanzas a disponer de los 3.000 euros menos de capital antes de disolverla, los socios deberán responder a las deudas con su capital personal (hasta un máximo de 3.000 euros entre todos).

De este modo, tu empresa estaría en igualdad de condiciones que aquellas que sí disponen del capital mínimo establecido por ley. 

En definitiva, con la Ley Crea y Crece podrás crear tu empresa desde tan solo 1 euro sin necesidad de realizar una inversión inicial. ¿Estás preparado para lanzar tu proyecto emprendedor?

Llámanos gratis

900 730 037