Openges

SII, Cómo funciona el Suministro Inmediato de Información del IVA

21 de enero de 2022
SII, Cómo funciona el Suministro Inmediato de Información del IVA

La entrada en vigor en el 2017 del SII (Suministro Inmediato de Información del IVA) supuso un importante avance en la digitalización de los procedimientos que las empresas deben realizar con la agencia estatal de Administración. Mediante este sistema, tanto autónomos como pymes pueden llevar los registros de los distintos tipos de IVA por vía telemática a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

En este artículo te contamos para quién es obligatorio, cómo funciona y cuáles son sus ventajas.

¿Para quién es obligatorio el SII?

Según se explica en la propia web de la Agencia Tributaria AEAT “el colectivo que va a ser incluido obligatoriamente en el SII está integrado por todos aquellos sujetos pasivos cuya obligación de autoliquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido sea mensual”. Es decir:

  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
  • Grandes Empresas (facturas emitidas superiores a 6.010.121,04 €)
  • Grupos de IVA REGE (Régimen Especial de Grupo de Entidades).

También pueden usar este sistema “cualquier otro sujeto pasivo”. En el caso de optar por él deberá efectuar la gestión del IVA y autoliquidación de forma mensual y permanecer en él al menos durante un año natural.

¿Cuáles son sus ventajas de SII?

La finalidad de esta herramienta es luchar contra el fraude fiscal y facilitar a los contribuyentes sus obligaciones con Hacienda. Pero además:

  • Se reducen ciertas obligaciones formales como la presentación de los Modelos 347 (información de terceros), 340 (operaciones en libros de registro) y 390 (resumen anual del IVA) y los Libros Registros del IVA.
  • La información aportada por los contribuyentes se puede contrastar fácilmente con la suministrada por sus clientes o proveedores, siempre y cuando también usen el SII.
  • El plazo de presentación de las autoliquidaciones mensuales se amplía a 10 días.
  • Los plazos de las devoluciones se reducen, ya que la AEAT dispone de la información en tiempo real.
  • Es fácil de utilizar por lo que se evitan muchos errores de datos fiscales y, con ellos, los recargos y las sanciones.
  • Hacienda no tiene que hacer tantos requerimientos, puesto que dispone de la información que necesita de las empresas que lo usan.

¿Cómo funciona el sistema SII?

Las empresas obligadas a usar el SII deben llevar los siguientes libros:

  • Libro registro de facturas expedidas: La información de estas facturas se debe subir en un plazo máximo de cuatro días naturales desde la expedición de las mismas. Este se amplía a ocho cuando la factura la ha de expedir el destinatario o un tercero.
  • Libro registro de facturas recibidas: El plazo es el mismo que el anterior, pero se empieza a contar desde la fecha en que se produce el registro contable de la factura.

Tanto en el caso de las facturas recibidas como en el de las emitidas, la información debe subirse a la web antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del Impuesto correspondiente a la operación.

  • Libro registro de bienes de inversión: El plazo también es de cuatro días naturales contados a partir del momento de la expedición, del transporte o de la recepción de los bienes a que se refieren.
  • Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias: La información se debe incluir dentro del plazo de presentación del último período de liquidación del año (es decir, hasta el 30 de enero).

Es importante recordar que la información que se suministra al sistema puede hacerse en nombre propio o en representación de terceros (apoderados, colaboradores o asesorías).

En Openges contamos con los mejores gestores para autónomos y PYMES Online en materia fiscal y legal. Si necesitas nuestra ayuda contáctanos y haremos por ti la gestión de tu empresa. 

Llámanos gratis

900 730 037