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¿Cómo puedo contratar a mi hijo para que trabaje en mi negocio?

3 de julio de 2023
¿Cómo puedo contratar a mi hijo para que trabaje en mi negocio?

¿Tienes un negocio y quieres que tu hijo se incorpore a él? ¿Sabes cómo puedes contratarlo de forma legal y beneficiarte de algunas ventajas fiscales y laborales? 

Como padre o madre es probable que quieras que tu empresa pase de generación en generación y, para ello, no hay nada mejor que incorporar a los hijos en la empresa cuanto antes. 

De este modo, te aseguras que se vaya empapando de la identidad y el espíritu del negocio para que en el futuro se haga cargo del mismo y así asegurar sus futuros. 

Entiendo de primera mano tu sentir, así que, en este post te explicaré todo lo que debes saber sobre la contratación de un hijo en tu empresa, los requisitos que debes cumplir y los pasos que debes seguir. ¡Comencemos!

¿Puedo contratar a mi hijo en mi empresa?

¡Por supuesto que puedes contratar a tu hijo en tu empresa! Pero, eso sí, asegúrate de que sea una relación laboral de verdad, ¿sabes a lo que me refiero? Tu hijo debe trabajar para ti como un empleado más, bajo tu supervisión y dirección, y, por supuesto, recibir una compensación económica por su arduo trabajo.

Ahora bien, hay dos opciones para formalizar el contrato. Puedes optar por una relación laboral corriente o irte por la vía mercantil y convertirlo en un autónomo colaborador. La elección entre una u otra dependerá de la convivencia entre tú y tu hijo, así como la edad y situación laboral. 

Contratar a mi hijo con un Contrato laboral

Por lo general, la opción más común es contratar a tu descendiente como un empleado, dándole de alta en el régimen general de la Seguridad Social

Esto es obligatorio cuando tu retoño no vive contigo o cuando tiene menos de 30 años o está teniendo problemas para encontrar trabajo. 

En este caso, cotizará por todas las contingencias, incluyendo el desempleo, y tendrá los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador.

Darlo de alta como Autónomo colaborador

La otra opción es convertir a tu hijo en autónomo colaborador, dándole de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA).

En este caso, no cotizará por desempleo ni formación profesional, pero tendrá derecho a una bonificación del 50% en la cuota durante los primeros 18 meses y del 25% durante los siguientes 6 meses. ¡No está mal! ¿eh?

En fin, contratar a tu heredero, a lo Juego de Tronos, puede tener sus ventajas e inconvenientes dependiendo del tipo de contrato que elijas. 

¿Puedo contratar a mi hijo si tiene más de 30 años?

Los hijos han sido, son y serán hijos para toda la vida, ya tengan 3 años o 40. Es normal, así que, si está atravesando una situación difícil o simplemente quieres contratarlo para tu empresa, podrás hacerlo.

Es cierto que antes te hablé de ser menor de 30 años, pero no significa que esta barrera sea insalvable. No te voy a negar que es más complicado cuando sobrepasa esta edad, pero no es imposible.

Lo más común suele ser contratarlo como autónomo colaborador, aunque también puedes hacerlo por cuenta ajena. Para ello deberás demostrar que es económicamente independiente, es decir, que no lo mantienes. 

Por eso, te recomiendo que busques el asesoramiento de un experto que te ayude a tomar la mejor decisión para tu negocio y tu familia, y para ello, ¿quién mejor que Openges?

¿Existe alguna bonificación por contratar a un hijo?

Sí, existen diferentes bonificaciones por contratar a un hijo en tu empresa. Para saber a cuál puedes acogerte, primero deberás tener claro el tipo de relación laboral que tendrá con tu empresa. 

Si en el momento de la contratación tu hijo está en situación legal de desempleo podrías acogerte a una bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante un periodo de 12 meses. Eso sí, el contrato deberá ser indefinido. 

Otras de las bonificaciones a las que puedes acogerte, siempre y cuando sea una relación  a través de la figura de autónomo colaborador, es a un descuento del 50% de la cuota del autónomo colaborador durante los primeros 18 meses y un 25% durante los próximos 6 meses. 

¿Cómo es mejor contratar a una hija o hijo?

Contratar a tu hijo como trabajador por cuenta ajena o como autónomo colaborador tiene sus propias ventajas e inconvenientes. Aquí te presento un resumen de ambas opciones para que puedas compararlas y elegir la que más te convenga. 

Trabajador por cuenta ajena

Ventajas

  • Protección social completa: al contratar a tu hijo como trabajador por cuenta ajena, estará cubierto por todas las prestaciones de la Seguridad Social, como seguro médico, prestaciones por desempleo, pensiones y otros beneficios sociales.
  • Derechos laborales: tu hijo tendrá los mismos derechos laborales que cualquier otro empleado, incluyendo vacaciones pagadas, permisos por enfermedad, derecho a la negociación colectiva y protección contra el despido injustificado.
  • Cotizaciones completas: al estar en el régimen general de la Seguridad Social, tu hijo cotizará por todas las contingencias, lo que contribuirá a su futura jubilación y a su acceso a prestaciones en caso de necesitarlas.

Inconvenientes

  • Costos laborales: contratar a tu hijo como trabajador por cuenta ajena implica asumir los costos laborales asociados, como los salarios, las cotizaciones sociales y otros beneficios que le correspondan. Esto puede afectar la rentabilidad de tu negocio.
  • Obligaciones laborales y formales: al tener un empleado, deberás cumplir con las obligaciones laborales, como elaborar contratos de trabajo, llevar registros de horarios, realizar pagos de seguridad social y cumplir con otras obligaciones formales establecidas por la legislación laboral.

Autónomo colaborador

Ventajas

  • Flexibilidad en la relación laboral: contratar a tu hijo como autónomo colaborador puede brindar cierta flexibilidad en términos de horarios y condiciones laborales, ya que ambos pueden establecer acuerdos de colaboración más independientes.
  • Bonificaciones en las cuotas: tu hijo podrá beneficiarse de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social como autónomo colaborador, lo que puede suponer un ahorro en los primeros 24 meses de actividad.

Inconvenientes

  • Menor protección social: a diferencia de un trabajador por cuenta ajena, como autónomo colaborador, tu hijo no tendrá acceso a todas las prestaciones de la Seguridad Social, como el seguro de desempleo. También puede tener menos protección legal en caso de conflictos laborales.
  • Mayor responsabilidad fiscal: como autónomo colaborador, tu hijo será responsable de cumplir con sus obligaciones fiscales, presentar declaraciones de impuestos y realizar los pagos correspondientes.

¿Qué documentos necesito para contratar a mi hijo en mi empresa?

La documentación puede variar en función del tipo de contrato que realices. Por ejemplo, no necesitarás los mismos papeles para un contrato por cuenta ajena que para una contratación como autónomo colaborador.

Contrato de trabajo o contrato de colaboración familiar

Debes redactar un contrato de trabajo, o de colaboración familiar, que cumpla con la legislación laboral española. 

El contrato debe incluir información sobre las condiciones laborales, el tipo de contrato, la duración, el salario, las responsabilidades y cualquier otro aspecto relevante de la relación laboral.

Documento de identidad

Deberás recopilar y verificar los documentos de identidad de tu hijo, como su DNI (Documento Nacional de Identidad) o NIE (Número de Identificación de Extranjero) en caso de ser extranjero. Asegúrate de que los documentos estén vigentes y en regla.

Alta en la Seguridad Social o en el RETA

Si realizas un contrato laboral por cuenta ajena debes dar de alta a tu hijo en la Seguridad Social en España. Esto implica solicitar un número de afiliación a la Seguridad Social (NAF) y registrar a tu hijo como empleado. 

Además, deberás cumplir con las obligaciones de cotización a la Seguridad Social y asegurarte de que tu hijo esté debidamente asegurado.

En cambio, si vas a contratarlo como autónomo colaborador, deberás dar de alta a tu hijo en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) de la Seguridad Social en España. 

Esto implica solicitar un número de afiliación al RETA y registrar a tu hijo como autónomo colaborador familiar.

Datos bancarios

Será necesario obtener los datos bancarios de tu hijo, como el número de cuenta, para poder realizar los pagos de su salario de forma correcta.

En definitiva, contratar a un hijo resulta tan complejo como contratar a cualquier otro trabajador. Mi consejo es que te olvides de todo el papeleo y los dolores de cabeza y deja que un asesor laboral de Openges te ayude en todo lo que necesites. ¡No te la juegues!

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