Openges

¿Cuánto cuesta contratar a un trabajador?

26 de enero de 2022
Contratar a un trabajador

¿Necesitas aumentar la plantilla de tu empresa y no sabes si podrás asumir el coste? Si es así, en este artículo descubrirás lo que te costará contratar a un trabajador

Además del sueldo bruto, hay que tener en cuenta otros factores como las cotizaciones a la Seguridad Social, los seguros o las retenciones del IRPF. Vamos a verlo a fondo. 👀

Qué costes que implica la contratación

El tipo de contrato que se realizará y las posibles ayudas a las que la empresa puede acceder determinarán en buena parte el salario final de un trabajador. Pero para calcular el mismo hay que tener en cuenta los dos principales costes:

  • El sueldo bruto. Es aquel que debe pagar la empresa antes de aplicar ningún tipo de retención, como por ejemplo la del IRPF. Por lógica, este siempre será mayor que el sueldo neto que el empleado se llevará finalmente a casa.
  • Cotizaciones a la Seguridad Social. Estas dependerán del tipo de contrato, del sector en el que se trabaje o el régimen de contratación (fijo o a tiempo parcial).

A estos gastos habría que añadir otros indirectos como los del trabajo de una asesoría laboral que gestione la preparación y presentación de los contratos.

Cómo calcular el salario bruto

Como empresario que va a contratar a un trabajador, lo primero que debes saber es que, antes de establecer un salario, has de tener en cuenta lo que estipule el convenio colectivo del sector en el que trabajas. Existen varios buscadores para encontrar el que te corresponde, pero en Openges te remitimos a la página web del Ministerio de Trabajo para que puedas localizarlo de forma más fácil.

Cuando la actividad de tu empresa no esté asociada a ningún convenio, deberás tener en cuenta que el salario bruto no puede ser inferior al SMI, es decir, a los 965 euros mensuales con dos pagas extras al año. Para los profesionales con pagas extraordinarias ya incluidas en sus salarios, el SMI es de 1.125 euros mensuales.

Otro factor que determinará el salario bruto de un trabajador es el tipo de jornada que tenga, la categoría profesional a la que pertenezca y las funciones que asuma en su puesto.

Dentro del salario bruto, además de las percepciones salariales, también están las extrasalariales (indemnizaciones por traslados, despidos, pensiones, plus por vestimenta, etc). Las primeras cotizan en la Seguridad Social pero las segundas no.

Cómo calcular el salario neto

En la salario neto son las aportaciones a la Seguridad Social. El empresario y el trabajador deben cotizar a la Seguridad Social por un porcentaje del salario establecido. El porcentaje varía en función de si se firma un contrato temporal o indefinido.

A cargo del trabajador

  • Cotización por contingencias comunes: 4,7%.
  • Desempleo: 1,55%. En contratos temporales es del 1,60%
  • Formación: 0,10%

A cargo de la empresa.

  • Cotización por contingencias comunes: 23,60% del sueldo bruto.
  • Cotización por desempleo: 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
  • Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje depende de la actividad.  Oscila entre el 1% para los trabajadores de oficina, el 1,85% en el comercio al por menor, el 3,60% en actividades de limpieza y seguridad y el 6,70% para actividades de alto riesgo como la construcción.
  • Cotización por formación profesional: 0,60%.
  • Cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa): 0,20%

Para los contratos de formación.

  • Contingencias comunes. La empresa aporta 42,56 euros y el trabajador 8,49.
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La empresa aporta 5,85 euros.
  • Desempleo. La empresa aporta 57,75 € y el trabajador 16,28 €.
  • Fondo de Garantía Salarial. 3,23 €.

Retenciones del IRPF

El porcentaje varía según sea el sueldo bruto. Cuánto más alto sea este último más alta será la retención. Se deduce de la nómina que se paga al empleado. De forma trimestral, el empresario lo ingresará en Hacienda como anticipo del IRPF a cuenta del trabajador.

El trabajador puede solicitar por escrito que se le aumente el porcentaje de retención.

La Agencia Tributaria dispone de una calculadora para saber el porcentaje.

Un ejemplo de cómo calcular el coste de contratación de un trabajador

Imagina que necesitas contratar a un diseñador gráfico para preparar los anuncios de tu empresa en la web. Tras negociar con él acordáis un sueldo bruto de 2.500 euros mensuales.

Cotizaciones que deberá pagar el trabajador

  • Por contingencias comunes: 4,7% = 117,5 €
  • Desempleo: 1,55% = 38,75 €
  • Formación: 0,10% = 2,6 €
  • Total = 158,85 €

Seguros sociales que le corresponde pagar a la empresa

  • Por contingencias comunes: 23,60% = 590 €.
  • Por desempleo: 5,50% = 137,5 €.
  • Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, 1% por ser un trabajador de oficina = 25 €.
  • Por formación profesional: 0,60% = 15 €.
  • Cotización al Fondo de Garantía Salarial: 0,20% = 5 €.
  • Total = 772,5 €.

Para calcular el coste total mensual para la empresa que nos supone la contratación del nuevo empleado es necesario realizar las siguientes operaciones:

  • Salario bruto mensual = 2.500 €
  • Cotizaciones a la Seguridad Social a cargo de la empresa = 772,50 €
  • Coste mensual para la empresa = 3.113,65 €

El importe líquido que mensualmente recibe el empleado sería el siguiente:

  • Salario bruto mensual = 2.500 €
  • Deduciones Seguridad Social a cargo del trabajador = 158,85
  • Retención de IRPF = 411,50 € (16,46% al considerar una contratación indefinida para un empleado sin personas a su cargo)
  • Salario neto mensual = 1.929,65 €

En Openges, tu asesoría online de referencia en España contamos con un servicio de gestoría y asesoría laboral para pymes en el que, entre otras cosas, confeccionamos las nóminas del personal de la empresa y realizamos los cálculos del IRPF de los empleados, según su situación familiar y sus ingresos. Te ayudamos a contratar a un trabajador para evitarte papeleos y que puedas centrarte en tu negocio.

%%banner:autonomos%

Categoría

Laboral