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Tipos de IVA en España y gravámenes para empresas y autónomos

9 de diciembre de 2019
Tipos de IVA en España y gravámenes para empresas y autónomos

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto sobre el consumo. El IVA grava la entrega de un producto, o la prestación de un servicio, salvo en las actividades exentas que determinen las leyes.

A diferencia del IRPF, que se calcula individualizado a cada contribuyente, el IVA se aplica sin variación a todos los consumidores.

El IVA es la clase de burocracia que roba tiempo al autónomo. Resulta sencilla de gestionar cuando se lleva a cabo un mantenimiento diario de la contabilidad, sin embargo, el tiempo es un lujo escaso en el sector del trabajo autónomo.

La solución más eficiente consiste en externalizar la contabilidad y la tributación del IVA por una gestoría online para autónomos. Las empresas y profesionales agradecen la tranquilidad de tener esa faceta cubierta.

¿Qué grava el IVA?

En la práctica, el proveedor del producto o servicio ejerce de recaudador del IVA a sus clientes y después se lo abona al Estado.

En cada factura que emite un empresario o autónomo debe figurar el precio unitario de un producto o servicio, la base imponible, y el tipo de IVA aplicable en esa categoría.

Los empresarios y trabajadores autónomos realizan los pagos del IVA en sus liquidaciones trimestrales (modelo 303). Al concluir el ejercicio, el autónomo o empresa adjunta un resumen anual del IVA (modelo 390) junto al 303 del cuarto trimestre.

IVA repercutido, IVA soportado y cálculo de la liquidación

La liquidación del IVA se calcula mediante la diferencia entre el IVA soportado y el IVA repercutido.

  • El IVA soportado es el sumatorio del IVA pagado durante el trimestre por el empresario o autónomo.
  • El IVA repercutido es el sumatorio del IVA de las ventas realizadas durante el trimestre por el empresario o autónomo.

En la liquidación trimestral restas los totales: IVA repercutido – IVA soportado, y obtienes una diferencia.

  1. Si es un número positivo, indica la cantidad que debes abonar.
  2. Si es un número negativo, la cantidad se descuenta en las siguientes liquidaciones positivas.

Cuando tu balance sigue en negativo al acabar el año, puedes reclamar a la Agencia Tributaria la devolución del IVA.

Tipos de IVA en España: el general

Los tipos de tipos impositivos de IVA se aplican en función del bien o servicio que grava. Un autónomo o empresa pueden tributar con uno o varios tipos de IVA, según cada actividad comercial implicada.

En España se aplican tres tipos de IVA:

  • IVA general: 21%
  • IVA reducido: 10%
  • IVA superreducido: 4%

Tanto los servicios de suministro eléctrico como de gas y combustibles naturales pasan de un 10% a un 5% de IVA como medida de reducción impuesta por el gobierno desde el pasado 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023,

El IVA general se aplica a cualquier operación que no se encuadra en los tipos de IVA reducido o superreducido.

IVA tipo reducido: 10%

Los tipos de IVA reducidos gravan los bienes y servicios considerados de primera necesidad, como:

  • Agua y alimentos básicos para humanos y animales, excepto bebidas alcohólicas.
  • Productos usados para producir alimentos, tanto para personas como para animales. 
  • Productos fitosanitarios y fertilizantes agrícolas.
  • Servicios funerarios.
  • Productos sanitarios, materiales y aparatos destinados a suplir las deficiencias físicas humanas y de animales.
  • Las viviendas y las plazas de garaje (compra y arrendamiento con opción a compra).
  • Reformas y reparaciones en viviendas.
  • Servicios de transporte de viajeros.
  • Actividades culturales como exposiciones o museos
  • Hostelería y restauración.
  • Limpieza de vías públicas.

👉 Tanto los servicios de suministro eléctrico como de gas y combustibles naturales pasan de un 10% a un 5% de IVA como medida de reducción impuesta por el gobierno desde el pasado 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Este tipo de IVA superreducido del 5% también será aplicable a aceites de oliva y de semillas y pastas alimenticias.

Tipo de IVA superreducido: 4%

El tipo de IVA superreducido es aplicado, por lo general, a los productos considerados de primera necesidad.

La Administración aplica un IVA superreducido a las entregas, adquisiciones o importaciones de bienes intracomunitarios, como:

  • Productos básicos de alimentación.
  • Viviendas de protección oficial y su arrendamiento con opción de compra.
  • Medicamentos y sustancias medicinales de uso humano.
  • Vehículos adaptados a usuarios con movilidad reducida.
  • Prótesis e implantes para suplir minusvalías, así como sillas de ruedas.
  • Servicios de teleasistencia y atención residencial.
  • Productos de higiene femenina (como compresas y tampones) y los preservativos.
  • Libros, periódicos y revistas no publicitarios.

¿Qué operaciones no grava el IVA? Exenciones del IVA en España

Existen casos especiales, previstos por la ley, en los que el IVA no se aplica de una forma total, parcial, o circunscrita a cierto ámbito territorial.

Operaciones no gravables

Las operaciones no gravadas hacen se refieren a las ventas de productos y servicios que no están sujetas a dicho impuesto, y por tanto, son distintas a las actividades exentas de IVA.

Entre ellas, destacan:

  • Las realizadas por Administración, excepto cuando opera como empresa mercantil.
  • La entrega de bienes y servicios promocionales.
  • Ciertas modalidades de autoconsumo.
  • Ciertos servicios prestados por personas físicas en situación de dependencia.

Operaciones exentas de porcentajes de IVA

Entre ellas, destacan:

  • Enseñanza y formación.
  • Hospitalización y asistencia sanitaria (excepto algunas actividades relacionadas).
  • Servicio postal universal dentro el territorio español
  • Todas las actividades sociales, culturales y deportivas.
  • Servicios inmobiliarios
  • Servicios relacionados con los seguros, reaseguros y capitalización.
  • Exenciones relacionadas con el comercio exterior, tanto a países de la Unión Europea, como a terceros.
  • Ciertos servicios de mediación prestados a personas físicas en determinadas operaciones financieras.

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